Si, solo cuando no haya cobertura de datos se autoriza al emisor del DTE o bien
a quién efectúe el traslado, a portar el ejemplar gráfico o impreso, del
documento generado sin el envío previo a las bases del SII, debiendo cumplir con
el envío, inmediatamente reestablecida la conexión.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, en
Resolución Ex. SII N° 99, de 2019.
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