PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Boleta electrónica de ventas y servicios | Libro de boletas electrónicas

 Pregunta   ID:   001.003.7678.002  Fecha de Creación:   17/07/2020

¿Deben seguir llevando Libro de Boletas Electrónicas los contribuyentes que se encuentren autorizados como emisores de boletas electrónicas de ventas y servicios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/01/2023

No, teniendo presente que se deja sin efecto, a contar de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución N° 74 del 2020, la obligación de llevar y mantener el Libro de Boletas Electrónicas, respecto de todo contribuyente habilitado para emitir boletas electrónicas y/o boletas no afectas o exentas electrónicas.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución N° 74 de 2020.