La representación virtual o impresa que se refiere la Resolución Exenta N°72 del
2021, corresponde a las alternativas de formato de representación que tiene los
documentos tributarios electrónicos, en ningún caso corresponde al documento
tributario en formato papel que es otro documento y que se autoriza para
situaciones que están exceptuadas por Ley de acuerdo al artículo 54° del D.L.
825 Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios.
En el caso que no exista cobertura de datos de manera momentánea, la Guía de
despacho electrónica puede emitirse fuera de línea y portarse en formato virtual
o impreso para efectos de traslado de los bienes, sin ser enviado al SII su
formato electrónico (XML) y luego reestablecida la conexión, cumplir con el
envío de dicho documento a las bases de datos del SII, tal como se indica en la
Resolución Exenta N° 99 del 2019.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en:
El sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, en
Resolución Ex. SII N° 99, de 2019.
El sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, en Resolución
Ex. SII N°72, de 2021.
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