El plazo para presentar el Formulario 29 es hasta el día doce del mes
siguiente al período tributario que se desea declarar.
En el caso especial de que la presentación del Formulario 29 sea con la
modalidad por Internet con Pago, por parte de contribuyentes que cumplan con los
requisitos que se indican a continuación, el plazo de vencimiento será el día 20
del mes siguiente al período tributario que se desea declarar:
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Que declaren y
paguen el Formulario 29 a través de www.sii.cl.
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Que sean
contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta
como Facturadores Electrónicos, o de la segunda categoría y emisores de
Boletas de Honorarios Electrónicas. Este requisito no será exigible a los
contribuyentes que, según la actividad económica que desarrollen, no se
encuentren obligados a emitir documentación tributaria.
Los plazos señalados precedentemente, para declaraciones con pago del
impuesto que venza en día feriado, sábado o el 31 de diciembre, situación que
prorrogará este vencimiento hasta el primer día hábil siguiente, según lo
establecido en el artículo 64° de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios , en concordancia con el
artículo 36° del Código Tributario.
En el caso contrario, en que dicha declaración sea "sin pago" y realizada
por Internet, el plazo se amplía hasta el día 28 del mes siguiente al período
tributario que se desea declarar , fecha que corresponde con la del vencimiento
de las declaraciones "sin movimiento", las que sólo pueden ser presentadas ante
el SII a través de medios electrónicos (Internet).
Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio web
del SII, sección Valores y fechas, opción Datos y valores de IVA, Calendario
de IVA (PPM).
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