En líneas generales, la documentación necesaria ante una fiscalización del SII dependerá de la materia y ámbito de la fiscalización, lo cual se señalará cada vez que los funcionarios autorizados requieran antecedentes de los contribuyentes.
Por su parte, la documentación requerida ante una fiscalización del Servicio de Impuestos Internos a un contribuyente que declara en base a Renta Presunta y emite facturas afectas a IVA, entre otras, es la siguiente:
- Respecto al Impuesto a las Ventas y Servicios:
- Libro de Compras y Ventas.
- Declaraciones de IVA, Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.
- Facturas de Ventas y Servicios.
- Boletas de Ventas y Servicios.
- Notas de Débito y Crédito.
- Guías de Despacho.
- Documentos que sustenten el Crédito Fiscal soportado en las compras.
- Respecto al Impuesto a la Renta:
Si el contribuyente declara en base a Renta Presunta, es necesario que disponga de su Declaración de Renta en el Formulario 22, puesto que no son obligatorios los libros contables.
Si este tipo de contribuyentes tiene inversiones sobre las cuales se pueda solicitar su justificación en un proceso de fiscalización, deben ser consideradas las instrucciones contenidas en
Circular N°
8, de 2000.
Le recordamos que a contar
del 01 de Agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza
la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la
Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están
autorizados como emisores electrónicos.
Así mismo, estarán eximidos de llevar el Libro de Compras y Ventas los
contribuyentes no sujetos al sistema de facturación electrónica, o que emitan
otro tipo de documentos tributarios electrónicos que no requieren ser enviados
al Servicio de Impuestos Internos, tales como boletas, vouchers u otros, siempre
que la información relativa a sus ventas y prestaciones de servicios, la
complementen en el Registro de Ventas informando los Resúmenes correspondientes.
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