La obligación de presentar el Formulario 29 es para los contribuyentes afectos al
IVA, independiente de que sus ventas y/o servicios se encuentren gravados y/o exentos,
según lo establecido en el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Dado lo anterior, se puede resumir la situación de la siguiente manera:
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Las personas que no sean contribuyentes del IVA no deben llenar ninguna de las líneas
comprendidas entre la N° 1 a la N° 58.
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Los contribuyentes afectos al IVA deberán presentar la Declaración del Formulario 29 respectiva
por el monto total de las operaciones realizadas el mes anterior, incluso
aquellas exentas de este impuesto.
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Las ventas exentas se deben declarar en la línea 2 del nuevo Formulario 29.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección
Servicios online, menú
Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.
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