PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Formulario 29 de IVA | Llenado de líneas | Créditos y compras

 Pregunta   ID:   001.030.1926.011  Fecha de Creación:   12/10/2004

¿Cómo se actualiza el remanente del Crédito Fiscal del mes anterior si el actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo no considera valores en Unidades Tributarias Mensuales (UTM)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/09/2023

La actualización del remanente del Crédito Fiscal del mes anterior mantiene el mismo procedimiento, por lo que su determinación debe quedar reflejada en el Libro de Compra y Ventas del contribuyente. Para ejemplificar esta situación, se entrega el siguiente ejercicio:

Cálculos que deben ser registrados en el Libro de Compra y Ventas del contribuyente en el mes 1:

1.- Remanente de Crédito Fiscal determinado $ 2.500.000.

2.- Monto del remanente, dividido por la UTM del mes que declara los impuestos, valor supuesto de la UTM $ 43.000.
3.- Monto determinado del Remanente 58,14 (en UTM).

Cálculos que deben ser registrados en el Libro de Compra y Ventas del contribuyente en el mes 2:

1.- Monto del remanente del Crédito Fiscal del mes anterior, expresado en UTM, 58,14.

2.- Conversión de la UTM, según el mes en que se declaran los impuestos. Se recuerda que si se están declarando los movimientos de Diciembre 2014, se debe usar la UTM de Enero 2015 (mes que declara los impuestos), valor UTM $ 43.198.

3.- El valor determinado por remanente en pesos resulta de multiplicar valor UTM $ 43.198 por remanente mes anterior 58,14 UTM, lo que equivale a $ 2.511.532.

4.- El valor en pesos que debe ser registrados en el nuevo Formulario 29 como remanente de Crédito Fiscal del mes anterior en $ 2.511.532, específicamente en la línea 36, código 504.

Se recuerda que desde el 01 de Agosto de 2017, se implementa el Registro de Compras y Ventas, que es un nuevo sistema disponible en sii.cl, el cual está compuesto por 2 registros, un Registro de Compras (RC) y otro Registro de Ventas (RV). Este sistema tiene como finalidad de respaldar las operaciones afectas, exentas y no afectas a IVA efectuadas por el contribuyente, permitiendo controlar el Impuesto al Valor Agregado, siendo abastecido por los documentos tributarios electrónicos (DTE’s) que han sido recibidos por el Servicio de Impuestos Internos.

Mayor información sobre la materia puede ser consultada en el sitio web SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resolución N° 61 de 2017, Resolución N° 68 de 2017 Circular N° 4 de 2017 y Circular N° 35 de 2017.

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