Sí, las ventas efectuadas y los servicios prestados por personas domiciliadas o residentes en Isla de Pascua se eximen del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
según lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Ley N° 1244,
publicado en el Diario Oficial el 8 de noviembre de 1975.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Legislación, Normativa y Jurisprudencia, opción Jurisprudencia Administrativa, Oficio
N° 1217, de 1996. |