PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.2837.006  Fecha de Creación:   22/04/2005

¿Se encuentra gravada con Impuesto al Valor Agregado (IVA) la donación de bienes del giro, a título gratuito, sin fines promocionales?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   17/03/2023

No se encuentra gravada con Impuesto al Valor Agregado (IVA) la donación de bienes del giro, a título gratuito, sin fines promocionales, ya que la entrega de bienes no se hace a título oneroso, que es uno de los requisitos para que exista el hecho gravado afecto con IVA, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 8, inciso 1, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 3072, de 2002.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Las donaciones de bienes entre particulares, están afectas al Impuesto a las Donaciones?
  • ¿Se produce un hecho gravado con Impuesto al Valor Agregado (IVA) por el aporte de bienes del giro que hace una empresa individual a una sociedad de personas?