La entrega gratuita de entradas para espectáculos culturales exentos de IVA, efectuada por una empresa de espectáculos, no tienen ningún efecto tributario,
puesto que la actividad mencionada está contenida en un programa
exento del impuesto aludido. Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares Circular
N° 52, de 1980. |