Estarán afectas con IVA las ventas de bienes por cuenta de terceros, realizadas por Internet,
de acuerdo a lo que se detalla a continuación: 1.- El dueño del sitio web debe documentar su
comisión afecta a IVA por la facilitación del sitio para la venta realizada.
2.- Respecto del dueño del bien,
se debe distinguir si tiene la calidad de vendedor y la habitualidad en las
operaciones de venta. En esta situación se está en presencia de una venta
afecta al IVA y se debe emitir documentos al comprador.
3.- Si el dueño de los bienes
es una persona que no tiene el carácter de vendedor habitual, no
correspondería afectar con IVA ni emitir documentos tributarios al comprador.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica,
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, específicamente el artículo
2 y Reglamento
de la Ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, específicamente
el artículo 4. Adicionalmente, puede consultar el
Oficio 3477 de 2009.
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