PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.3569.006  Fecha de Creación:   26/10/2005

¿Se puede renunciar a la rebaja del 11% del avalúo fiscal para los efectos de determinar la base imponible en el arrendamiento de bienes inmuebles con instalaciones?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   28/04/2023

Cabe señalar que la Ley N° 21.210 reemplazó la palabra "podrá" por "deberá con vigencia a contar del 01 de marzo de 2020.

Respuesta anterior:

No, ya que a pesar de que la norma sobre base imponible, en caso de arrendamiento de inmueble señala que "podrá deducirse de la renta.....", ello corresponde a una descripción de su procedimiento de cálculo, debiendo, en definitiva, cumplirse con el principio constitucional de la legalidad de los tributos aplicando la rebaja del 11% a que alude el artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa Oficio N° 3003, de 1996 y opción Circulares, Circular N° 37 de 2020.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Cuál es la base imponible para los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el ingreso obtenido por el arriendo de un inmueble amoblado?
  • ¿Cuál es la tributación que afecta el arrendamiento que hace un particular de piezas para estudiantes y turistas?