No. Algunos contribuyentes sólo deberán presentar el Formulario
3600 para solicitar la devolución de IVA Exportador. Esto ocurrirá cuando las
exportaciones u operaciones realizadas se refieran a:
- Ventas a Zona Franca.
- Ventas de acuerdo con la Ley Navarino, Ley
Tierra del Fuego y a comerciantes ubicados dentro de un Centro de
Exportación y Tocopilla.
- Representados.
- Proyectos de Inversión.
- Contribuyentes con actividades del
artículo 36, inciso 5 al 9, del Decreto Ley N° 825, de 1974,
Puede obtener mayor información relacionada con este tema en el
sitio Web del SII, sección Servicios online, menú
Impuestos mensuales, Solicitud de devoluciones, Solicitud Devolución IVA Exportador (F3600), opción Ayudas. |