PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Aplicación del impuesto

 Pregunta   ID:   001.019.3438.009  Fecha de Creación:   22/09/2005

¿Están gravadas con Impuesto de Timbres y Estampillas las compras realizadas con tarjetas de crédito, en la modalidad de tres cuotas precio contado?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   17/04/2024

No, ya que no existe una operación de crédito de dinero y el vendedor recibe el pago del precio contado en 3 cuotas. No obstante, si en la tarjeta de crédito queda un saldo insoluto, éste se grava con el Impuesto de Timbres y Estampillas.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Legislación Tributaria Básica, Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas.

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  • ¿Cómo se deben informar las operaciones de crédito de dinero, otorgadas para el uso de tarjetas de crédito, emitidas por bancos, y celebradas con contribuyentes del artículo 20, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, o bien de tarjetas emitidas por bancos que estén destinadas, exclusivamente, al uso particular de personas naturales, que no sean contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, y complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?