¿Qué sucede si tengo sólo operaciones que declarar en algunos de los 6 meses que se deben informar, es necesario declarar el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, y complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?
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Sí, el archivo deberá contener las operaciones realizadas en cada semestre.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, donde encontrará la Resolución Exenta N° 2, de 2005.
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