PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones | Determinación del impuesto | Exención del impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones

 Pregunta   ID:   001.020.2015.006  Fecha de Creación:   22/11/2004

¿Es necesario llenar el Formulario 4423 de Declaración y Pago de Impuesto a las Herencias Intestadas, si la Posesión Efectiva está exenta?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/01/2016

No, en aquellos casos que la totalidad de las asignaciones resulta exenta y la posesión efectiva se haya tramitado en el Servicio de Registro Civil e Identificación, no se debe presentar el Formulario 4423.  

Lo anterior en concordancia con la Circular N° 19, de 2004, que señala, “en el caso de que la totalidad de las asignaciones esté exenta de impuesto, los asignatarios que hayan tramitado la posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil e Identificación cumplen con la obligación de declarar el impuesto, con la presentación de la solicitud a que se refiere el Artículo 3 de la Ley 19.903, ante la citada repartición pública.”   Al respecto, el mencionado artículo 3 de la Ley 19.903 se refiere solo a la solicitud de la Posesión Efectiva ante el Registro Civil.


Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circular N° 19, de 2004

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