PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Peticiones Administrativas y otras Solicitudes | Timbraje de documentos | Requisitos para timbrar | De antecedentes

 Pregunta   ID:   001.112.0621.005  Fecha de Creación:   31/10/2003

¿En qué casos el SII debe verificar el domicilio y la actividad antes de autorizar el timbraje de documentos?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/07/2023

Los casos en que el Servicio de Impuestos Internos verifica el domicilio y la actividad antes de autorizar el timbraje de documentos están relacionados con las siguientes acciones que debe realizar el contribuyente:

  • Contribuyentes que inician actividades de Primera Categoría que deseen timbrar documentación que respalda operaciones afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que dan derecho a Crédito Fiscal (facturas, notas de débito, notas de crédito, guías de despacho, etc.).

  • Contribuyentes que presentan el Formulario de Modificaciones y actualización de la información, indicando un cambio de domicilio.

  • Contribuyente que informa al Servicio de Impuestos Internos de la apertura de una sucursal comercial.

Los contribuyentes de Segunda Categoría, profesionales y ocupaciones lucrativas no son verificados en su actividad y domicilio y pueden timbrar su documentación inmediatamente después de haber sido autorizada su iniciación de actividades.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Ayudas, menú Rut inicio de actividades y término de giro, Inicio de actividades, opción ¿Cómo se hace para?, Iniciar actividades de personas naturales y jurídicas y sección Ayudas, Peticiones administrativas y otras solicitudes, Actualización de información, opción ¿Cómo se hace para?,  Modificar y actualizar la información.