Para enviar una Declaración de Impuesto a
la Renta a través de la opción Formulario Electrónico se debe ingresar al sitio
web del SII, Servicios online, Declaración de Renta, menú Declaración de Renta
(F22), opción Declarar por formulario en pantalla o recuperar datos guardados.
Una vez dentro de esa opción, se deben seguir los siguientes pasos:
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Autenticación, para lo
cual deberá ingresar su RUT y Clave Secreta (si aún no posee su Clave
Secreta seleccione la opción
Obtención de
Clave Tributaria. Luego, presione el botón Iniciar Sesión.
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Seleccione el período que declarará y
presione Aceptar.
-
Ingrese los datos del
formulario. Si opta por guardar los datos ingresados en el formulario
sin enviar
la declaración, debe seleccionar el botón
“Guardar Datos”.
De esta forma, tendrá la posibilidad de ver y editar estos datos para
enviarlos posteriormente como una declaración.
Una vez que complete
la información, debe seleccionar el botón -Validar/Enviar Declaración-.
-
Si
el sistema no encuentra errores de forma y su declaración no genera pago, se
desplegará en pantalla un mensaje en que debe aceptar o cancelar la
validación. Si acepta, se completara el envío de la declaración y se
desplegará un Certificado de Recepción de la Declaración. En él se indica la
fecha, folio y número de atención. En este momento su Declaración de
Impuesto a la Renta se considerará como ingresada al SII. Se recomienda
imprimir el certificado, pues constituye el comprobante del envío de su
declaración.
-
Si su declaración genera pago, deberá
seleccionar el medio de pago que utilizará. Si no conoce los medios de pago,
puede encontrar mayor información en torno al tema en el sitio web menú
Renta, opción Información para contribuyentes con pago.
Además, el contribuyente
podrá encontrar en el Formulario Electrónico los siguientes
Asistentes de
Cálculo:
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Rebaja por Intereses Pagados por
Créditos con Garantía Hipotecaria, según Art. 55 bis.
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Rebaja por Dividendos Hipotecarios
Pagados por Viviendas Nuevas Acogidas al D.F.L. N° 2/59, según Ley Nº
19.622/99.
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Crédito Proporcional
por Rentas Exentas.
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Ahorro Previsional
Voluntario, Art. 42 bis.
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Impuesto Único por
Retiros de Ahorro Previsional Voluntario, Art. 42 bis.
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Enajenación de Acciones.
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Rebaja Zonas Extremas
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Asistente de cálculo de Enajenación
de Acciones y/o cuotas de Fondos de Inversión (Portafolio)
Por otra parte, junto con poder acceder a
la información proporcionada por sus Agentes Retenedores e Informantes, previo a
la presentación de su Declaración de Renta, las Personas Jurídicas tendrán la
posibilidad de consultar información propia y de otras instituciones, sobre
donaciones, créditos y otros que sean relevantes para la construcción de su
declaración y que permitan evitar futuras inconsistencias.
Puede obtener mayor información relativa
al tema en el sitio web del SII, Servicios online, Declaración de Renta, menú
Ayudas. |