La siguiente información es válida para el Año Tributario 2018.
Todas las
Personas Naturales, sin perjuicio de las excepciones establecidas en la Ley, están obligadas a declarar las rentas obtenidas por concepto
de inversiones.
Dentro del
contexto de los impuestos que afectan a las Personas Naturales, se debe hacer la
siguiente distinción:
a)
Si la persona cuenta con domicilio o residencia en Chile; o bien,
b)
Si no cuenta con domicilio o residencia en Chile.
En
el primer caso, si la persona tiene domicilio o residencia en Chile, está
afecta al Impuesto Global Complementario por todas sus rentas, ya sea del
capital, del trabajo, sean de fuente chilena o extranjera. Una persona, bajo esta
condición, estará afecta a este impuesto cuando el monto total de las rentas
actualizadas al término del ejercicio sean superiores a $ 7.609.464 (13,5 UTA) a diciembre de 2017).
En el segundo
caso, si la persona no tiene domicilio o residencia
en Chile, está afecta al Impuesto Adicional por las rentas de
fuente chilena.
Para
la declaración y pago de impuestos, éste podrá ser retenido, cuando corresponda,
por parte de la empresa, o bien mediante
la presentación de la Declaración de Renta por parte del inversionista.
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