Las
rentas de Segunda Categoría son aquellas para cuya obtención predomina el
trabajo sobre el uso de capital. Dentro de este tipo de rentas se encuentran,
por ejemplo:
·
Sueldos,
sobresueldos, salarios, gratificaciones, montepíos, pensiones, etc.
·
Ingresos
provenientes del ejercicio de las profesiones liberales o de cualquiera otra
profesión u ocupación lucrativa, entre otras.
Las
rentas de Segunda Categoría están afectas al Impuesto Único de Segunda
Categoría o al Impuesto Global Complementario o Adicional, según se
clasifiquen en el número 1 ó 2 del Artículo 42° de la Ley
sobre Impuesto a la Renta.
|