Al realizar una Rectificatoria a la Declaración de Renta por Internet que origina una devolución, ¿Se deben registrar en el Formulario 22 el número de la cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro?
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No, al realizar una
Rectificatoria a la Declaración de Renta por Internet que origina una
devolución, no se debe registrar en el Formulario 22 el número de la
cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro, puesto que la devolución de
renta determinada se cursará mediante la emisión de un cheque nominativo al
contribuyente.
Los contribuyentes que efectúen Rectificatorias a su
Declaración de Renta recibirán su correspondiente devolución alrededor de
tres semanas después de que el SII autorice tales montos a la Tesorería
General de la República.
La fecha en que fue autorizada la devolución
es posible consultarla en el sitio web del SII, en la sección Servicios online, menú Declaración de renta, Consulta y seguimiento, opción
Consultar estado de declaración. Luego de conocer esta información, el
contribuyente podrá averiguar la fecha, forma y montos en que será entregada,
consultando directamente en Tesorería General de la República, (www.tesoreria.cl)
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