Sí, un contribuyente tiene derecho a la devolución de los montos retenidos por
la empresa por las Boletas de Honorarios emitidas, siempre que el monto total
de los impuestos determinados en su Declaración Anual a la Renta sea inferior a las
cantidades retenidas. En esta situación, el contribuyente tiene derecho a la
devolución del excedente o a la totalidad de lo retenido si no está afecto a
los impuestos anuales a la renta.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del
SII, sección Servicios online, Declaración de renta, menú
Ayudas, opción Más información, donde encontrará las
Instrucciones
Formualrio 22 año tributario 2023. |