PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Rentas de segunda categoría, sueldos y honorarios | Boletas de honorarios | Antecedentes generales de sueldos y honorarios

 Pregunta   ID:   001.002.1181.021  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿Cómo se recuperan los montos retenidos por la emisión de boletas de honorarios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   01/03/2023

Los montos retenidos por las empresas a los profesionales que emiten boletas de honorarios se registran en el Formulario 22 de Renta (línea 80, código 198), y se deducen del Impuesto Global Complementario que afecta a estas actividades. Si este impuesto es menor que las retenciones, el excedente debe ser solicitado como devolución en el Formulario 22 de Renta (línea 94, código 87), lo que se materializa anualmente presentando la declaración del Impuesto a la Renta en abril de cada año.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, Ayudas, opción Más información.