El
impuesto retenido en una boleta de honorarios debe declararse y pagarse dentro
de los primeros doce días del mes siguiente a su retención. Cabe señalar que
son las personas obligadas a efectuar las retenciones las que deben declarar y
pagar todos los tributos que hayan retenido durante el mes anterior.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
Normativa y legislación, Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación
tributaria básica, opción
Ley
sobre Impuesto a la Renta. |