PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | FUT | Antecedentes generales del FUT

 Pregunta   ID:   001.002.1280.008  Fecha de Creación:   25/03/2004

¿El Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) tiene corrección monetaria negativa?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   27/07/2023

Se hace presente, que la Ley N° 20.780 de 2014, que modifica la Ley de la Renta, termina con el mecanismo del Fondo de Utilidades Tributables (FUT) transitando al nuevo sistema de tributación, considerando las siguientes reglas en el tiempo:

Régimen permanente, que se regula en detalle en las modificaciones a la ley sobre Impuesto a la Renta contenidas en el artículo 1° y que entra a regir en el año comercial 2017, para aplicarse en propiedad durante el año tributario 2018.

Régimen de transición hasta el 31.12.2016, cuyas reglas están contenidas en los artículos segundo y cuarto transitorio.

Respuesta anterior:

No, los remanentes o saldos negativos de las utilidades tributables y no tributables y los excesos de retiros determinados al 31 de diciembre, según las normas del Artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no tienen reajuste negativo.