Sí, un contribuyente que se encuentra en el extranjero y obtiene ganancias por
la compra y venta de acciones debe presentar su Declaración de Renta, ya sea para declarar el
Impuesto de Primera Categoría en carácter de Único, en el caso de no ser una enajenación habitual, o
bien para declarar el Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional, en el caso de ser habitual en este tipo de operaciones.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre impuesto a la Renta, |