No, un extranjero que trabaja en una sociedad chilena ubicada fuera del país no debe pagar impuestos
en Chile por la remuneración (sueldo u honorario) pagado
por parte de esta sociedad en el extranjero, puesto que esta persona no posee domicilio o residencia en
Chile y tampoco está obteniendo rentas de fuente chilena.
Puede
obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Legislación tributaria y Convenios Internacionales, Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre impuesto a la
Renta, específicamente el artículo 3° que detalla a las personas no domiciliadas ni residentes que tributan en nuestro país sólo sobre sus rentas de origen nacional. |