Sí, las boletas de ventas exentas forman parte de la base de cálculo del PPM, puesto que éstos se cálculan sobre la base del total de
ingresos brutos
del período, lo que es independiente de que los ingresos se afecten o no con Impuesto al
Valor Agregado (IVA).
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 29 sobre los
ingresos y el Artículo 84 sobre PPM.
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