PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Rentas de segunda categoría, sueldos y honorarios | Contribuyentes extranjeros

 Pregunta   ID:   001.002.2437.008  Fecha de Creación:   22/02/2005

¿Qué porcentaje debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/01/2024

El porcentaje que debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile son los siguientes:

  • Dentro de los primeros seis meses se deberá retener un 20% de sus ingresos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60 y 74, N° 4, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

  • A contar del séptimo mes se debe retener un 13,75% de los ingresos, según lo señalado en el artículo 74, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.