La manera en que debe tributar una persona que explota un taxi (colectivo,
radio, taxi básico, etc.), es la siguiente:
Mensualmente deben enterar un Pago Provisional Mensual (PPM), equivalente al
0,3% sobre el avalúo fiscal del taxi, a través del Formulario 29 de Declaración
Mensual y Pago Simultáneo.
Pagar el Impuesto de Primera Categoría con tasa de 25% sobre la Renta Presunta,
a través del Formulario 22 de Renta, específicamente en los códigos 187, 188 y 189.
Para calcular la Renta Presunta se debe considerar el avalúo fiscal del taxi y
descontarle el 30%. Sobre el valor determinado se le debe aplicar el 10%.
Incluir la Renta Presunta del Impuesto Global Complementario, mediante el
Formulario 22, específicamente en la línea 4, códigos 603 y 108.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Servicios online, menú
Tasación fiscal de vehículos.
Adicionalmente puede consultar esta materia en el
menú Declaración de renta,
Ayudas,
Más información.
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