PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Venta de acciones

 Pregunta   ID:   001.002.2889.008  Fecha de Creación:   06/05/2005

¿Cuáles son los efectos tributarios de las pérdidas por la venta de acciones acogidas al artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/12/2022

A contar desde el 2 de septiembre de 2022 el tratamiento de las pérdidas generadas en las ventas de acciones acogidas al artículo 107 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta (LIR) será el siguiente:

-Solo serán deducidas de los ingresos derivados en la venta o rescate de valores afectos al impuesto único con tasa del 10% establecido en el artículo 107 de la LIR.

-La deducción de la pérdida podrá efectuarse respecto de los ingresos obtenidos en el mismo ejercicio, o en ejercicios posteriores, cuando el contribuyente no haya registrado tales ingresos o cuando estos sean inferiores a la pérdida deducible, reajustandose de acuerdo con el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el período comprendido entre el mes anterior al de la venta que las produjo y el mes anterior al del cierre del ejercicio en que corresponda su deducción.

-En el supuesto que la pérdida hubiere sido deducida de la base imponible afecta al Impuesto de Primera Categoría (IDPC), esta deberá agregarse en la determinación de la renta líquida imponible.

-Los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile con régimen Semi integrado o con régimen Pro Pyme General, controlarán la pérdida de arrastre en el registro REX, en una columna separada, que registrará únicamente las operaciones tales como acciones de sociedades anónimas abiertas constituidas en Chile con presencia bursátil, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos cuyas inversiones consistan en valores con presencia bursátil y cuotas de fondos mutuos con presencia bursátil.

-Respecto a otros contribuyentes, incluyendo aquellos no domiciliados ni residentes en Chile, la forma de controlar la pérdida de arrastre será en su respectiva declaración anual de impuesto.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 39, de 2022.