Debe ser reajustado según la Variación del Índice de
Precios de Consumidor (VIPC) comprendida entre el mes
de noviembre del año que se declara y el mes de marzo del año tributario
respectivo, porcentaje que el Servicio de Impuestos Internos lo comunica en su
sitio web sii.cl, sección Normativa y Legislación, menú Circulares.
Puede obtener mayor información
relativa al tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación,
opción Circulares 2023,
donde encuentra la
Circular 15,
de 2023. |