No, ya que las empresas recaudadoras sólo actúan como intermediarios entre los donantes y la institución de beneficencia, y deben registrar en cuentas especiales en sus contabilidades las donaciones recibidas y las sumas entregadas a la institución beneficiaria.
Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circulares 2022, donde podrá encontrar la Circular N° 49 de 2022.
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