No, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 31, inciso primero, de la Ley
sobre Impuesto a la Renta, en cuanto a no cumplir el requisito de ser necesario para producir la renta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
menú Legislación, normativa y jurisprudencia, opción Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 33.
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