PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Créditos y beneficios tributarios | Créditos tributarios | PPM

 Pregunta   ID:   001.002.5698.010  Fecha de Creación:   28/12/2007

¿Cuando un contribuyente del artículo 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta tiene pérdidas tributarias en un ejercicio comercial, puede suspender los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) con tasa del 0,25%?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   12/07/2023

Sí, ya que quienes pueden suspender los PPM son los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que determinen una pérdida, según lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, situación que comparten los contribuyentes acogidos a lo dispuesto en el artículo 14 ter y 14 quater de la norma legal mencionada.

Sin embargo, debe hacerse presente que la Ley N° 21.210, publicada en el Diario Oficial de 24 de febrero de 2020, reemplazó al régimen de la letra A del artículo 14 ter, quedando derogado a contar del 1° de enero de 2020.

 
Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio Web del SII, menú Legislación y Normativa, sub menú Circulares, opción 
Circular N° 05, del 2009 , Circular N°63, de 2010 y Circular N° 52 de 2014.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Quiénes están obligados a pagar mensualmente los Pagos Provisionales Mensuales (PPM)?