PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos rechazados | Tributación Gastos Rechazados desde el Año Tributario 2014

 Pregunta   ID:   001.002.6447.005  Fecha de Creación:   03/03/2014

¿Qué partidas correspondientes a Gastos Rechazados, se afectan con el Impuesto Único de 40% del artículo 21 de la Ley de la Renta?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   02/03/2021

A contar del 01 de enero 2020:

Se aplicará sobre las partidas del N° 1, del artículo 33, de la Ley de la Renta, que se debe entender referido a la letra g) del N° 1 de dicho artículo, esto es, las cantidades cuya deducción no autoriza el artículo 31, o que se rebajen en exceso de los márgenes permitidos por la ley o la Dirección Regional, cuando consistan en cantidades representativas de desembolsos de dinero que no deban imputarse al valor o costo de los bienes del activo, y se cumplan con alguno de los siguientes requisitos alternativos:

  • Cuando dichas partidas beneficien directa o indirectamente a los relacionados a la empresa que efectúa el desembolso, o a los relacionados a los propietarios de dicha empresa.
  • Cuando el contribuyente no acredite la naturaleza y efectividad del desembolso.

Respuesta anterior:

Se aplicará sobre las partidas del N° 1, del artículo 33 de la Ley de la Renta, que correspondan a retiros de especies o a cantidades representativas de desembolsos de dinero que no deban imputarse al valor o costo de los bienes del activo y las cantidades cuya deducción no autoriza el artículo 31 de esta Ley, o que se rebajen en exceso de los márgenes permitidos, cuando no hayan beneficiado al propietario, socio o accionista de la empresa o sociedad respectiva.

A contar del 01.01.2017, la tasa del 35% aumenta a 40%, de acuerdo a la Ley N° 20.780 de 2014.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares Circular N° 45 de 2013, Circular N° 71, de 2015, modificada por la Circular 39 de 2016 y Circular N° 53 de 2020.