PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | FUT | Impuesto Sustitutivo (IS) | Pago del Impuesto Sustitutivo (IS) en el Formulario 50.

 Pregunta   ID:   001.002.6889.004  Fecha de Creación:   14/12/2016

¿Se pueden acoger al pago del impuesto sustitutivo las rentas acumuladas en el FUT que incluyan utilidades del año 1990?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/05/2023

Si, las utilidades acumuladas que puede acoger al pago del IS FUT, en el período enero-abril de 2017, son aquellas que se encuentren pendientes de tributación en la empresa hasta el 31.12.2016, es decir, si usted posee utilidades acumuladas en el FUT desde el año 1990, éstas igualmente formarán parte de la base imponible del impuesto sustitutivo.