La gradualidad, permite optar
cada año por efectuar el
cálculo de las cotizaciones previsionales sobre una base menor al de la base
imponible total. Esta opción, podrá ejercerse sólo entre los años tributarios
2019 y 2028, ambos inclusive. Para determinar la menor base imponible para el
cálculo de las cotizaciones, la ley prescribe
que en los años tributarios que se indican, la base imponible optativa
corresponderá a los siguientes porcentajes, aplicados éstos sobre la base
imponible total:
%
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AÑO TRIBUTARIO
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5%
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2019
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17%
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2020
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27%
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2021
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37%
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2022
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47%
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2023
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57%
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2024
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70%
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2025
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80%
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2026
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90%
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2027
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100%
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2028
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Puede obtener mayor información
previsional, en el sitio web de la Subsecretaria
de Previsional Social
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