Los montos a considerar para el cálculo de las
cotizaciones previsionales, es decir, la base imponible, es la
siguiente:
·
La renta
imponible anual, que es el 80% del conjunto de sus honorarios brutos
anuales, sea mayor a 4 ingresos mínimos mensuales. Para el año 2019, el
IMM es $ 301.000.-
·
Si
el trabajador independiente recibe simultáneamente rentas por sueldos o
remuneraciones, y no supera el límite máximo imponible anual (79,2 UF *
12=950,4; para el AT 2020 $26.905.767), se afectan con cotizaciones
previsionales las rentas por honorarios hasta completar el límite máximo
imponible.
Puede obtener mayor
información previsional, en el sitio web de la
Subsecretaria de Previsional Social
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