Home | Observaciones 2006


Observación A02


Su declaración ha sido observada, porque los gastos rechazados afectos al Impuesto Único del inciso 3° del Art. 21 de la Ley de la Renta o al Impuesto Adicional, propios y los informados por sociedades en las que participa, podrían estar subdeclarados. Se han registrado en las siguientes líneas del Formulario 22 de Renta:

  • Línea 38, sobre los gastos rechazados pagados, generados por las Sociedades Anónimas, Sociedades en Comanditas Por Acciones y Agencias Extranjeras, y los que les correspondan por su participación en otras sociedades.

  • Línea 3, códigos 602 y 106, respecto a las sociedades extranjeras no constituidas como Agencias en Chile, que hayan incorporado en la base imponible de su Impuesto Adicional (línea 3), los gastos rechazados que les corresponda.

La información observada, debe ser verificada con los certificados emitidos, las Declaraciones Juradas presentadas al SII y el recuadro N° 7 señalado al reverso del formulario 22 de Renta.