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Observación G47

Su declaración ha sido observada, porque los ingresos declarados se encontrarían mal determinados, respecto a las inversiones efectuadas durante los últimos períodos comerciales, para los fines establecidos en los artículos 70 y 71 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo cual es necesario que aporte la documentación relativa que acredite el origen y disponibilidad de los fondos aplicados a las inversiones realizadas.

Cabe señalar, que con posterioridad a la fecha en que usted será atendido, y si usted lo considera necesario, podrá recurrir al Comité de Inversiones formado por el Director Regional, Jefe de Fiscalización y Jefe de la Oficina Jurídica de la Dirección Regional, a fin de recabar o aportar antecedentes sobre el estado de su proceso de fiscalización de inversiones.