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PRIMERA PARTE
I.-
NORMAS COMUNES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN
DE LOS IMPUESTOS ANUALES A LA RENTA CORRESPONDIENTES
AL AÑO TRIBUTARIO 2013
(A) Única Declaración
La información por contribuyente debe presentarse en
una sola declaración
. Sin embargo, al
declarar por un medio electrónico, la declaración sin pago enviada puede ser
reemplazada
tantas
veces como se desee, hasta el día
26 de abril de 2013
, considerándose como declaración
vigente
la última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren en forma posterior a esa
fecha no podrán reemplazar la declaración presentada, ni las presentadas con anterioridad a dicha
fecha.
Las empresas con sucursales u otras dependencias, deberán presentar
una sola declaración
, con
la información consolidada de sus distintos negocios o establecimientos, documento que deberá
ser presentado por la casa matriz con su respectivo
número de RUT.
(B) Identificación del Declarante
Revise con especial cuidado los antecedentes relativos a su domicilio (calle, número, oficina o
departamento, ciudad, comuna, región, teléfono, fax y correo electrónico), el cual debe
corresponder al
domicilio vigente
, lo que permitirá que tanto el cheque o depósito respectivo, en
caso que corresponda devolución de remanente de impuesto, como las comunicaciones que la
Administración Tributaria le envíe, sean recibidas oportunamente por usted.
La Sección para registrar estos datos se encuentra en el reverso del Formulario 22 y debe ser
utilizada por todos los contribuyentes en
forma obligatoria
.
(C) Forma en que deberá entregarse la información
El único documento válido para efectuar la declaración y pago de los impuestos anuales a la
renta es el Formulario 22
,
el que debe hacerse llegar al SII a través de las distintas alternativas
existentes.
La forma más eficiente para hacer llegar el Formulario 22 al SII es a través de la
transmisión
electrónica de datos vía INTERNET
. Para tales efectos, los contribuyentes contarán con las
siguientes alternativas:
Propuesta de Declaración
,
Software Comercial
y
Formulario en
Pantalla
, las cuales se detallan en el Capítulo II de esta
PRIMERA PARTE
del Suplemento
Tributario.
El Servicio de Impuestos Internos pone además a disposición de los contribuyentes una
aplicación para dispositivos móviles “inteligentes” (smartphones y tablets)
. Esta alternativa
permite ver la
Propuesta de Declaración de Renta
y
Consulta del Estado de Renta
. Este
servicio se detalla en el Capítulo III de esta
PRIMERA PARTE
del Suplemento, indicando los
procedimientos a seguir y las condiciones que debe cumplir el contribuyente para poder
emplearlo.