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EJERCICIO N°3
CONTRIBUYENTE QUE NO LLEVA CONTABILIDAD PARA ACREDITAR SUS RENTAS
(A) PERÍODO: 01.01.2012 AL 31.08.2012
Tipo
de
Operación del
N°8 del Art.17
LIR
Fecha de la
Enajenación
del Bien
Precio de
Enajenación
del Bien
Precio
de
Adquisición
actualizado a
la fecha de la
enajenación
del bien
Mayor o
(Menor)
Valor
Reajuste al
31.12.2012
Mayor o
(Menor)
Valor
Actualizado
al 31.12.2012
%
Monto
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Abril 2012
$ 12.000.000
$ 8.000.000
$ 4.000.000
0,9%
$ 36.000
$ 4.036.000
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Mayo 2012
$ 15.000.000
$ 10.000.000
$ 5.000.000
0,8%
$ 40.000
$ 5.040.000
Enajenación de
acciones según
letra a) del N°8
Art. 17
Julio 2012
$ 9.000.000
$ 15.000.000 $(6.000.000)
1,1% $ (66.000) $ ( 6.066.000)
Totales
$ 36.000.000
$ 33.000.000
$ 3.000.000
$ 10.000
$ 3.010.000
(B) PERÍODO: 01.09.2012 AL 31.12.2012
Tipo
de
Operación
del N°8 del
Art.17 LIR
Fecha de la
Enajenación
del Bien
Precio de
Enajenación
del Bien
Precio
de
Adquisición
actualizado a
la fecha de la
enajenación
del bien
Mayor o
(Menor)
Valor
Reajuste al
31.12.2012
Mayor o
(Menor) Valor
Actualizado al
31.12.2012
%
Monto
Enajenación
de acciones
según letra a)
del N°8 Art.
17
Sepbre. 2012
$ 20.000.000
$ 20.200.000
$ (200.000)
0,9%
$ (1.800)
$ (201.800)
Enajenación
de acciones
según letra a)
del N°8 Art.
17
Octb.2012
$ 30.000.000
$ 40.000.000
$ (10.000.000) 0,1%
$ ( 10.000)
$ (10.010.000)
Enajenación
de acciones
según letra a)
del N°8 Art.
17
Dicbre.2012
$ 25.000.000
$ 10.000.000
$ 15.000.000
0,0%
$ 0
$ 15.000.000
Totales
$ 75.000.000
$ 70.200.000
$ 4.800.000
$ (11.800) $ 4.788.200
Trasladar
al
Código (628)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar
al
Código (630)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar
al
Código (636)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al
Código
(638)
del
Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al Código (874),
(643) y (758) del Recuadro
N°2 y al Código (905)
Línea
41
F-22
y
confeccionar Recuadro N°5
Reverso F-22
Trasladar
al
Código (628)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar
al
Código (630)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar
al
Código (636)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al
Código (637)
del Recuadro
N°2 F-22
Trasladar al Código (874),
(643) y (758) del Recuadro
N°2 y al Código (195) Línea
40 F-22 y confeccionar
Recuadro N° 5 Reverso F-22
En el caso de este ejercicio la sumatoria de las rentas de ambos períodos excede del límite
exento de
$ 4.824.720
(10 UTA Dic. (2012),
por lo tanto, dichas rentas quedan afectas al
Impuesto Único de Primera Categoría con la tasa de 18,5% y 20%, según corresponda.
Por lo contrario, si la suma de ambas rentas no hubiera excedido del límite exento antes
señalado, ellas se encontrarán exentas del Impuesto Único de Primera Categoría, no
existiendo obligación de anotar ninguna cantidad en las Líneas 40 y 41 del F-22 y Recuadro
N° 2 de dicho Formulario.