Ediciones Especiales
abril de 2014
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Al seleccionar la opción “Traspasar los valores al formulario” se despliega una pantalla que recuerda al contribuyente que los
valores que se están traspasando al Formulario no constituyen toda la información que debe declarar, ya que además de ingresar
los montos relacionados con la descripción de información entregada anteriormente, debe considerar el ingreso de cualquier otra
información que permita calcular en forma correcta sus impuestos.
Al seleccionar el botón
“Aceptar”
, se despliega el Formulario 22 con los valores propuestos para el llenado parcial del mismo,
para que posteriormente el contribuyente lo complete con la información faltante y lo envíe a las bases del SII.
(D)
Transferencia Electrónica de archivos con Software adquirido Externamente y Autorizado por el SII
Esta opción consiste en el envío de archivos computacionales, los cuales deben ser generados por alguno de los Softwares
Comerciales autorizados por el SII. Para acceder a esta alternativa, deberá seleccionar el link “Software Comercial” ubicado al
final de cada página de propuesta, llenado parcial, información para su declaración cuando no hay propuesta o que le informa
que no le corresponde declarar.
Estos Softwares Comerciales permiten generar un archivo con la Declaración de Renta. Al respecto, cabe aclarar que sólo se ha
certificado la correcta generación de dichos archivos por parte de aquellos softwares que expresamente han sido autorizados por
el SII. La restante funcionalidad propia de cada software es de exclusiva responsabilidad de quien los provee.
Las empresas proveedoras certificadas podrán ser consultadas próximamente en el sitio web del SII www.sii.cl. Del mismo modo,
podrá consultar los Softwares Comerciales que fueron autorizados.
Una vez localizado el archivo que desea utilizar, de acuerdo a las instrucciones de la página, debe presionar el botón “Aceptar”.
La información contenida en el archivo se desplegará en forma de formulario electrónico para su revisión, edición y posterior
validación y envío.
(E)
Formulario Electrónico
Esta alternativa consiste en la utilización de una planilla o formulario virtual que el Servicio pondrá a su disposición en su sitio
web, www.sii.cl. Dicho formulario podrá ser llenado desde su computador, ingresando la información de manera interactiva y
completando así la declaración para su inmediato envío al SII vía INTERNET sin costo. Las instrucciones de cómo realizar la
conexión, llenado y transmisión serán desplegadas en el sitio web del Servicio.
Para el ingreso de datos al Formulario Electrónico, se deberá seleccionar el link “Formulario en Blanco”
ubicado al final de cada
página de propuesta, llenado parcial, información para su declaración cuando no hay propuesta o que le informa que no le
corresponde declarar.
De este modo, la aplicación desplegará un formulario en blanco. A medida que se complete la declaración, se validará el ingreso
de los campos obligatorios y se verificarán los cálculos matemáticos. En caso de errores, se indicarán para su corrección.
Si opta por guardar los datos ingresados en el formulario
sin enviar
la declaración, debe seleccionar el botón
“Guardar Datos”
.
De esta forma, tendrá la posibilidad de ver y editar estos datos para enviarlos posteriormente como una declaración.
En las cuatro posibilidades indicadas en las letras B, C, D y E, de este Capítulo, una vez efectuadas las verificaciones respectivas
o una vez completado el formulario, se debe seleccionar el botón
“Validar/Enviar Declaración”
.
Si el sistema indica que su declaración no presenta inconsistencias, puede proceder a su envío.
Además, el contribuyente puede encontrar en el Formulario Electrónico los siguientes
Asistentes de Cálculo
:
Asistente de cálculo de rebaja por intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, según Art.55 bis.
Asistente de cálculo de rebaja por dividendos hipotecarios pagados por viviendas nuevas acogidas al DFL Nº2/59 según Ley
Nº19.622/99
Asistente de cálculo de crédito proporcional por rentas exentas
Asistente de cálculo de ahorro previsional voluntario Art.42 bis.
Asistente de cálculo de Impuesto Único por retiros de ahorro previsional voluntario, Art.42 bis.
Asistente de cálculo de enajenación de acciones
Asistente de cálculo de rebaja zonas extremas
Asistente de cálculo de Enajenación de Acciones y/o Cuotas de Fondos de Inversión (Portafolio)
Dichas funciones también estarán disponibles en el menú
“Renta”
del sitio web del Servicio (
www.sii.cl
).
Por otra parte, junto con poder acceder a la información proporcionada por sus Agentes Retenedores e Informantes, previo a la
presentación de su Declaración de Renta, las
Personas Jurídicas
tendrán la posibilidad de consultar información propia y de
otras instituciones, sobre donaciones, créditos y otros ítems que sean relevantes para la construcción de su declaración y que
permitan evitar futuras inconsistencias.
Tal información se muestra a continuación:
(F)
¿Desde cuándo estarán disponibles las distintas opciones?
El Formulario 22 Electrónico estará disponible desde el
01 de abril del año 2014
para
declaraciones sin pago
y desde el
9 de
abril del año 2014
, o cuando se conozca la variación del IPC del mes de marzo de 2014, para
declaraciones con pago
. Los
Softwares Comerciales autorizados estarán a disposición en las fechas que cada empresa determine.
(G)
¿Quiénes pueden utilizar INTERNET?
Todas las Personas Naturales y Jurídicas que deban presentar su Declaración de Renta podrán hacerlo a través de Internet.
Para presentar la declaración por cualquiera de las opciones que ofrece Internet, se deberá contar con una
Clave Secreta
y/o
Certificado Digital
, cuya obtención se describe en la Letra (J) de este Capítulo.
Además, podrá obtener toda la información necesaria del funcionamiento detallado de la aplicación consultando el sitio web del
Servicio,
www.sii.cl
o bien, obtener
soporte técnico
a través del teléfono (02) 2 395 11 15, que el SII pondrá a disposición a
través de la
Mesa de Ayuda INTERNET
.
(H)
¿Quiénes están obligados a utilizar INTERNET?
Los contribuyentes que, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 4.228, publicada en D.O. de 07.07.99, modificada
por la Resolución Exenta N° 5.004, estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas por medios
computacionales y cuyas ventas y/o servicios anuales hubieren sido
superiores a $ 50.000.000.- nominales al 31 de diciembre
del año 2013
, deberán presentar su Declaración de Impuesto Anual a la Renta,
con o sin pago
,
mediante transmisión
electrónica de datos vía Internet
, conforme a lo dispuesto por la Res. Ex N° 9, de fecha 30.01.03, modificada por la Res. Ex. N°
25, de fecha 06.02.2004.
Por otra parte, los contribuyentes cuya Declaración Anual de Impuesto a la Renta resulte
con remanente de crédito
o
sin
impuesto a pagar
, podrán presentar sus declaraciones
mediante transmisión electrónica de datos vía Internet
, ingresando
al sitio web del Servicio
www.sii.cl
, conforme a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 11, del 04 de Febrero de 2005.
(I)
Requisitos Técnicos
Los contribuyentes podrán obtener la información respecto de los requerimientos técnicos necesarios para presentar sus
declaraciones consultando el sitio web del Servicio,
www.sii.cl
.
(J)
Obtención de Clave Secreta de Acceso a los Sistemas del SII
El objetivo de contar con una
Clave Secreta
de acceso es identificar al contribuyente y proteger la información personal y de cada
transacción que se realiza en el sitio web
www.sii.cl
.
Para obtener la Clave Secreta por primera vez, el contribuyente debe ingresar al menú “
Registro de Contribuyentes
” del sitio
web del Servicio.
Al seleccionar la opción
“Obtención de Clave Secreta”
se desplegará una pantalla en donde el contribuyente debe ingresar su
RUT y seleccionar, a continuación, el botón
“Confirmar”
:
Posteriormente, el contribuyente debe completar los datos que se le solicitan y seleccionar el botón
“Enviar”
.
Con el fin de comprobar su identidad, el SII le solicitará información de familiares como, por ejemplo, el RUT de un hijo, y también
información tributaria en caso que el contribuyente haya realizado al menos
una
Declaración de Renta o
dos
de IVA.
Al momento de entregar la información tributaria solicitada, el contribuyente deberá conocer el N° de Folio de las declaraciones
realizadas.
Si no es posible conocer alguno de los antecedentes anteriormente señalados (Datos Personales y/o Tributarios), el contribuyente
debe solicitar una
Clave Inicial
. Para ello:
Las Personas Naturales deben acudir personalmente a cualquier oficina del SII a lo largo del país, con su Cédula de
Identidad vigente.
Los representantes de Personas Jurídicas deben acudir a la Unidad correspondiente al domicilio del contribuyente, con el
RUT de la empresa y su Cédula de Identidad vigente.
Los mandatarios deben acudir a la Unidad correspondiente al domicilio del contribuyente, con los documentos del
representado señalados anteriormente, o bien, fotocopias legalizadas de los mismos; su Cédula de Identidad vigente; y un
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autorizados.