Informa sobre las pruebas que es preciso realizar para certificar los Libros Contables Electrónicos.
En caso que el contribuyente tenga que certificarse en forma directa, deberá efectuar pruebas de los formatos de los Libros Contables Electrónicos para lo cual deberá seguir los siguientes pasos.
Si el contribuyente ya es Facturador Electrónico y cuenta con una cuenta de certificación en el SII, deberá utilizar esa misma cuenta de certificación para el envío de los archivos de prueba de los Libros Contables Electrónicos. Las respuestas a las pruebas se recibirán en el correo electrónico que está definido en DTE.
Si el contribuyente no ha hecho pruebas de certificación anteriormente, entonces deberá registrarse en el ambiente de pruebas de factura electrónica en el link Postulación Factura Electrónica, así podrá certificarse en cualquiera de las dos modalidades.
Este procedimiento de certificación consiste en los siguientes pasos:
Un usuario autorizado en la cuenta de certificación, debe bajar Cal de prueba desde aquí.
Este CAL de Prueba, deberá ser utilizado para hacer pruebas de Envíos Obligatorios y Envíos de Libros. (Ver Descripción de formatos)
Las pruebas de archivos deben enviarse a través de Envíos del Menú de Certificación.
Deberán efectuarse las siguientes pruebas.
Efectuar Envío obligatorio
Para el envío efectuado, el SII efectuará: Revisión de esquema, verificación de consistencia de información, verificación de Cal y/o Cocertif y verificación de firmas electrónicas.
Efectuar Envío de Libros: Diario y Mayor.
El SII efectuará: Revisión de esquema, Revisión de firmas y Cuadratura de Resumen vrs. Detalle.
Efectuar Envío de los Libros de Compras y Ventas (sólo si no es Facturador electrónico).
Se considerará que las pruebas están cumplidas cuando se haya efectuado
Envío Obligatorio:
Con el Comprobante de cierre, de datos reales, de un año completo, para Diario y Mayor.
Envío Obligatorio:
Con Balance y Diccionario correspondiente al mismo año completo.
Envío de Libros:
Diario y Mayor, al menos de un mes de operación.
Envío de Libros de Compras y Ventas:
de un mes de operación (Sólo si no es Facturador Electrónico).
Se deberán guardar los track-id de los envíos efectuados, para informarlos a través de la Declaración de Término de Pruebas.
Una vez realizadas las pruebas descritas, se deberá efectuar la Declaración de Término de Pruebas y enviar este documento a LCE_Solicitud@sii.cl. En Asunto del mail, indicar : "DECLARA TERMINO DE PRUEBAS" y el RUT del contribuyente.
Con este proceso, se considera cumplido el proceso de certificación. El siguiente paso es realizar la Solicitud de autorización a través del representante legal. Ver Solicitud de autorización.