Volver


Límite para el crédito por bienes físicos del activo inmovilizado

1)  BIENES ADQUIRIDOS, TERMINADOS O TOMADOS EN ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA, ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 01 DE OCTUBRE DE 2015

CONCEPTO

LÍMITE Y TASA

1.- Micro y Pequeñas Empresas

  • Con promedio de ventas anuales en los tres últimos ejercicios anteriores o años de existencia efectiva, no superior a 25.000 UF al 31.12.2015 (Numeral VII artículo 3° transitorio Ley N° 20.780/2014, sobre Reforma Tributaria)

Tasa 8%
__________________

500 UTM Dic/ 2015


$ 22.477.500

2.- Medianas Empresas

  • Con promedio de ventas anuales en los tres últimos ejercicios anteriores, o años de existencia efectiva superior a 25.000 UF y no superior a 100.000 UF al 31.12.2015 (Numeral VII artículo 3° transitorio Ley N°20.780/2014, sobre Reforma Tributaria).

(*) VA = Ventas Anuales
(**) Si la Tasa Proporcional resulta inferior a un 4%, se considera como tasa del crédito este último porcentaje.

Tasa Proporcional (TP)
De acuerdo a la siguiente fórmula;


8% * 100.000 UF - VA en UF (*)_______________________
75.000

= TP (**)

___________________________
500 UTM Dic/ 2015



$ 22.477.500

3.- Otras Empresas

  • Que no se comprendan en los grupos anteriores y cumplan con los requisitos exigidos por el artículo 33 bis de la LIR vigente al 31.12.2015.

Tasa 4%
_____________________

500 UTM Dic/ 2015


$ 22.477.500

2)  BIENES ADQUIRIDOS, TERMINADOS O TOMADOS EN ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA, A CONTAR DEL 1° DE ENERO DE 2015

CONCEPTO

LÍMITE Y TASA

 

1.- Micro y Pequeñas Empresas

 

 

  • Con promedio de ventas anuales en los tres últimos ejercicios anteriores o años de existencia efectiva, no superior  a 25.000 UF al 31.12.2015. (Art. 33 bis letra a) LIR).

6%

$  22.477.500

500 UTM Dic/2015

2.- Medianas Empresas

 

 

  • Con promedio de ventas anuales en los tres últimos ejercicios anteriores, o años de existencia efectiva superior a 25.000 UF y no superior a 100.000 UF al 31.12.2015. (Art. 33 bis letra b) LIR).
  • (*) VA = Ventas Anuales
    (**) Si la Tasa Proporcional resulta inferior a un 4%, se considera como tasa del crédito este último porcentaje.

Tasa Proporcional (TP)
De acuerdo a la siguiente fórmula;

 

$  22.477.500

6% * 100.000 UF - VA en UF (*)_______________________
75.000

= TP (**)

___________________________

3.- Otras Empresas

 

 

  • Que no se comprendan en los grupos anteriores y cumplan con los requisitos exigidos por el artículo 33 bis de la LIR vigente al 31.12.2015. (Artículo 33 bis, letra c) LIR).

Tasa 4%
_____________________

500 UTM Dic/ 2015


$ 22.477.500