El Servicio De Impuestos Internos

El origen del Servicio de Impuestos Internos se remonta al 18 de enero de 1902, bajo la presidencia de don Germán Riesco, con la publicación de la ley N° 1.515, la cual junto con establecer un impuesto sobre la producción de alcoholes, dispuso la creación del servicio público que se encargaría de la fiscalización del nuevo tributo, la "Administración de los Impuestos sobre Alcoholes".

Como primer administrador fue nombrado don Julio Cousin, prestigioso ingeniero que tuvo la misión de organizar y dirigir el servicio que se estableció.

Funciones del Servicio de Impuestos Internos.(*)

De acuerdo con su ley orgánica, le corresponde al S.I.I. la función de aplicar y fiscalizar todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter, en que tenga interés el fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente.

Más específicamente, al Servicio le corresponde interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos. Además, debe supervisar el cumplimiento de las leyes tributarias encomendadas al Servicio, así como conocer y fallar como tribunal de primera instancia los reclamos tributarios que presenten los contribuyentes.

La Misión del S.I.I. ha sido definida de la siguiente manera:

"El Servicio de Impuestos Internos es responsable de aplicar y administrar el sistema de impuestos internos, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y de facilitar dicho cumplimiento"

Organización del S.I.I.

El Servicio de Impuestos Internos está constituido por una Dirección Nacional, con sede en la capital de la República, y por 16 Direcciones Regionales, lo que permite que en la actualidad cuente con 68 oficinas a lo largo del país, desde Direcciones Regionales en las capitales de las regiones hasta pequeñas unidades de dos o tres funcionarios en lugares con menor número de contribuyentes, como Chile Chico o Porvenir.

A su vez, la Dirección Nacional está conformada por las Subdirecciones de Estudios, Informática, Fiscalización, Jurídica, Normativa, Administración, Recursos Humanos, Avaluaciones y Contraloría Interna.

Cada Subdirección está a cargo de Subdirectores, que actúan como delegados del Director en la evaluación y desarrollo de los programas de trabajo dentro de sus respectivas áreas y lo asesoran en las materias de su especialidad. De acuerdo a la Ley, deben recomendarle las normas y someter a su aprobación las instrucciones que estimen convenientes impartir al Servicio, y programar, dirigir, coordinar y supervigilar el funcionamiento de los Departamentos.

Organigrama del SII

En sus 96 años de existencia el Servicio de Impuestos Internos sólo ha tenido 16 directores, designados por el Presidente de la República y de su exclusiva confianza. El promedio de permanencia, de casi seis años, es un reconocimiento de la condición técnica del cargo y de la función del Servicio.

Recursos humanos

La Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos está fijada en el D.F.L. N° 7, DE 1980, del Ministerio de Hacienda y en ella se establece que sus funcionarios deben clasificarse en una de las seis plantas siguientes: Directiva, Profesional, Fiscalizadora, Técnica, Administrativa y Auxiliar.

De los 2.671 funcionarios que tiene la dotación actual del Servicio de Impuestos Internos en la Ley de Presupuestos del sector público, 189 son directivos, 130 de ellos de exclusiva confianza; 146 son profesionales, 973 fiscalizadores, 406 técnicos, 638 administrativos y 324 auxiliares.

Los profesionales son fundamentalmente abogados, ingenieros civiles, ingenieros comerciales, ingenieros de ejecución en el área informática, arquitectos expertos en tasaciones y profesionales de otras áreas de apoyo. Los fiscalizadores, que ejecutan labores relacionadas con la aplicación y fiscalización del cumplimiento de las leyes tributarias y la valuación de los inmuebles gravados por el impuesto territorial, requieren título universitario para ingresar a la planta, en tanto que los técnicos requieren títulos técnicos de institutos de educación superior, en contabilidad o en computación.

Todos ellos cumplen funciones fiscalizadoras y, por tanto, tienen la calidad de ministros de fe que otorga el artículo 51 de la Ley Orgánica del S.I.I. para el mejor desempeño de sus funciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.226.

Los funcionarios que desempeñan labores administrativas y otras que se les encomienden de acuerdo a su ubicación en el Servicio tienen que tener licencia de enseñanza media o de estudios comerciales. Los funcionarios de la planta auxiliar están a cargo del timbraje de documentos, de la conducción de vehículos motorizados y de la ejecución de otras tareas y funciones que les son propias. Tienen que tener octavo año de enseñanza básica y los requisitos de la especialidad correspondiente.

Como fue mencionado antes, el Servicio dispone de 68 oficinas a lo largo del país, desde Direcciones Regionales en las capitales de las regiones hasta pequeñas Unidades de dos o tres funcionarios en lugares con menor número de contribuyentes, como Chile Chico o Porvenir. Ello implica que los funcionarios deben realizar su carrera dentro del Servicio con traslados a distintos lugares del país, conociendo realidades regionales diferentes.

A pesar de la homogeneización de los procedimientos, tienen que adecuarse a los problemas y características tributarias de la región, promoviendo así el aprendizaje y la identificación con esas áreas de la tarea fiscalizadora.

Factores claves del Servicio

Entre los factores claves para el cumplimiento de la Misión del SII, se debe destacar primeramente la importancia de que este Servicio proyecte una Imagen hacia los contribuyentes y el resto del las instituciones del Estado, que favorezca un cumplimiento voluntario y exacto de las obligaciones tributarias y del pago de los impuestos. La gestión realizada por la actual Dirección, se ha caracterizado por propiciar la efectividad de las actuaciones de sus funcionarios, por la transparencia en sus actuaciones y procedimientos y por crear y mantener un ambiente de gran probidad en su quehacer; estos atributos han logrado generar una imagen del Servicio que se ha convertido en uno de los factores principales de éxito de la institución.

Un segundo factor clave, es tener una dotación de funcionarios altamente especializados y suficientemente motivados, que permitan asegurar una presencia fiscalizadora en los diversos ámbitos que evite eficazmente la evasión tributaria y que inhiba los fraudes al Fisco en estas materias. La dotación existente, la que se ha mantenido casi constante en los últimos años no obstante el crecimiento de las actividades económicas del país y por ende de las mayores necesidades de fiscalización, gracias a una adecuada política de recursos humanos, ha permitido en base a aumentos de la productividad de los funcionarios mantener niveles de resultados que han aumentado efectivamente la recaudación por reducción de evasión tributaria.

El tercer factor clave, es contar con niveles de información sobre las actividades de los contribuyentes, de fuentes alternativas que permitan verificar los impuestos determinados, las exenciones y devoluciones, elementos que casi en su generalidad en nuestro régimen tributario, corresponden a autodeclaraciones de los propios contribuyentes. La apertura de nuevas fuentes de información y la decidida e impactante modernización del Servicio en el empleo de modernas herramientas de comunicación y procesamiento computacional de la información, ha hecho de este factor clave una de las causas más directas de los aumentos de productividad y efectividad del SII.

Un cuarto factor clave, es el conjunto de facultades y atribuciones que las leyes otorgan al SII, que constituyen el marco estricto en el cual debe inscribir sus actuaciones el Servicio y sus funcionarios. La adecuación y perfeccionamiento de estos, es de gran importancia para el Servicio, ya que siempre hay que considerar nuevas realidades económicas en el país, o nuevas actividades de los contribuyentes o resquicios en los dispositivos legales, respecto a los cuales el Estado debe reaccionar para prevenir o eliminar fuentes de fraude, evasión, o elusión. A pesar de que estas materias son de competencia del Parlamento y de las instancias de políticas del Gobierno, el Servicio ha desarrollado capacidad de análisis y vigilancia en estos temas, constituyéndose en eficaz apoyo a las autoridades a este respecto.

Finalmente, es clave para alcanzar con éxito los objetivos del Servicio, el apoyo que éste tenga de los diferentes poderes del Estado, de sus autoridades y reparticiones relacionadas con la fiscalización de los impuestos aduaneros y la recaudación y cobranza. Este apoyo institucional, debe manifestarse en primer lugar en un respaldo moral y práctico a la autoridad de la administración tributaria y en segundo lugar, a la mantención de un sistema tributario justo y equitativo, que incentive el cumplimiento voluntario y responsable de las obligaciones de los contribuyentes.