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LA EXPERIENCIA CHILENA EN EL COMBATE A LA EVASION
V. POLÍTICA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
1. Gestión de Personal.
En una institución como el SII, compleja y con diversos desafíos,
para lograr objetivos de calidad orientados a los usuarios, la gestión del personal se
basa en dos estrategias claves: la primera es desarrollar y proyectar al funcionario del
Servicio como un tipo de empleado altamente profesionalizado, motivado e identificado con
la Misión y los Objetivos Estratégicos del Servicio, que sea capaz de actuar individual
y/o colectivamente con iniciativa y autonomía, sentido de responsabilidad, eficacia y
probidad; la segunda estrategia, apunta a ir concretando en todo momento un marco propicio
para que se desarrolle el trabajo en colaboración que se manifieste en la participación
de los funcionarios en todos los niveles de la organización, como condición necesaria
para el establecimiento de relaciones laborales permanentes y armoniosas dentro de la
institución.
1.1. Desarrollo de los funcionarios.
En la aplicación de la primera estrategia es esencial el liderazgo que
las jefaturas deben tener sobre los funcionarios, en el trabajo operativo cotidiano, de
mejoramiento continuo de los procedimientos empleados, en análisis de los problemas que
se presentan y de los resultados obtenidos. Promover la continua interacción entre jefes
y funcionarios es considerado el elemento central del desarrollo de los funcionarios en el
SII.
Para que esto sea un cambio permanente y cada vez más profundo, es
necesario ir desarrollando las capacidades y habilidades de funcionarios y jefes en
materias técnicas, comunicacionales y de trabajo en equipo, objetivos que están
presentes y marcan los planes y metodologías de capacitación, incorporando talleres con
enfoque metodológico de tipo activo-participativo que están fundamentados en la
convicción de que todo aquel que asiste a un curso es capaz de aportar su experiencia.
Esta metodología aplicada a los cursos y talleres relacionados con la
puesta en marcha de proyectos de mejoramiento permite que los diseños originales, hechos
por los equipos de trabajo especialistas, puedan ser perfeccionados en un proceso
iterativo de aprendizaje de aquellos que tendrán que aplicar estas mismas innovaciones.
Una experiencia notable en 7este sentido se obtuvo del proceso de los talleres destinados
a capacitar a los funcionarios encargados de recibir la información del Vector Externo,
los que propusieron numerosas sugerencias al diseño que redundaron en una mucho mejor
aplicación de los procedimientos definidos por los especialistas técnicos.
Una segunda estrategia de gestión del personal destinada a mejorar la
calidad de los procesos y soluciones es la de generar numerosas instancias de
participación, consistentes en reuniones de trabajo de las jefaturas, de éstas con sus
funcionarios, de comités por área y otras iniciativas de esta especie.
Las experiencias de la capacitación en proyectos como el Ciclo de Vida
del Contribuyente que implicó capacitar al 100% de los 500 funcionarios que trabajan en
el área, los cursos para la Operación Renta, que en 1997 implicó capacitar 250
funcionarios, la capacitación para la recepción del Vector Externo, y más rotundamente
la capacitación de 1.300 funcionarios para los nuevos sistemas y aplicaciones
informáticas, son muestras de un hecho inédito para un Servicio Público
1.2. Medición del Desempeño.
Durante los últimos años se han ido incorporando procedimientos y
módulos asociados a los sistemas computacionales de apoyo, que permiten medir el
desempeño individual y por equipos en el SII. Estos son los siguientes:
- Reportes estadísticos que se generan en cada una de las Direcciones Regionales del SII
y que dan cuenta de la carga de trabajo de los funcionarios y de los rendimientos en las
diferentes actividades de fiscalización (Sistema de Apoyo a la Gestión), en el Ciclo de
Vida del Contribuyente (Bitácora de los sistemas y estadística de atención por
funcionario en RIAC y Timbraje), en la Operación Renta, en los Tribunales Tributarios y
en otros procesos menores.
- Reportes estadísticos que se generan en el Nivel de la Dirección Nacional, los cuales
se envían periódicamente a la Direcciones Regionales, como complemento de la
información que ellos pueden generar en su regional, que permiten comparar con las demás
regionales en base a indicadores, como también obtener información más desagregada
respecto de algunos temas. En términos generales, se entregan los resultados obtenidos en
un período de tiempo a nivel nacional, regional, grupal e individual.
2. Capacitación y entrenamiento del personal.
En el contexto de los objetivos del Plan Estratégico del SII, el
Departamento de Capacitación ha distinguido la siguiente misión y objetivos
estratégicos, que orientan la filosofía y estrategias de capacitación en el Servicio.
"Contribuir al desarrollo integral de las capacidades personales y
profesionales de funcionarios competentes, motivados y satisfechos para el logro de los
objetivos del Servicio de Impuestos Internos"
Contar con el personal idóneo y en el momento oportuno constituye hoy
en día, uno de los principales desafíos de nuestra organización. Surge así un desafío
de fondo, cual es el de potenciar el efectivo desarrollo y formación del personal, para
obtener el nivel de productividad, participación y satisfacción laboral, acorde con los
servicios y acciones de fiscalización que demanda un entorno económico caracterizado por
un acelerado dinamismo. En ello radica la misión del Departamento de Capacitación.
En el Servicio de Impuestos Internos los objetivos específicos de la
Capacitación son:
- Vincular la capacitación a áreas de desarrollo institucional.
- Vincular la capacitación técnico- tributaria básica al desarrollo de carrera.
- Fortalecer la capacidad de comunicación de áreas de la Dirección Nacional y
Jefaturas.
- Involucrar a los actores de los procesos de desarrollo institucional en las acciones y
estrategias de capacitación.
- Establecer una estrategia efectiva de comunicación interna.
El área de capacitación del Servicio tiene como estrategia asumir
como opción el desarrollo de metodologías participativas de capacitación, que valoren y
releven, al grupo como instancia básica de aprendizaje, el saber escuchar, la experiencia
como base del aprendizaje, que todos podemos aprender y aprender de todos, el aprender a
aprender y la capacidad sinérgica del grupo en el desarrollo de procesos de aprendizaje.
Fundados en esta filosofía, el área de capacitación desarrolla una
estrategia de capacitación en el Servicio de Impuestos Internos, que busca alcanzar las
siguientes metas:
Garantizar la accesibilidad de todos los funcionarios a las acciones de capacitación.
Garantizar la participación de los funcionarios en un curso en cada período anual.
Proporcionar a las áreas sustantivas estrategias y asesoría para la implementación
de programas masivos de capacitación.
Las políticas de capacitación vigentes en el Servicio, tienen los siguientes
propósitos:
Política de Detección de Necesidades de Capacitación: Identificar las principales
áreas de fortaleza y necesidades de mejoramiento vinculadas al desempeño.
Política de Planificación y programación de la Capacitación: establecer los
mecanismos que faciliten la coordinación y participación de las distintas áreas
involucradas en los procesos de capacitación.
Política de Capacitación Centralizada: proporcionar las herramientas técnicas y
operacionales, en relación a los nuevos programas asociados a la modernización del
Servicio, garantizando la participación del personal de línea.
Política de Capacitación Descentralizada: proporcionar las herramientas técnicas y
operacionales, en relación a los temas normativos, procedimientos y programas asociados a
la gestión de las Unidades Regionales y el mejoramiento del desempeño en el puesto de
trabajo, a través de un servicio que favorezca una mayor cobertura.
Política de Diseño y Validación de Cursos y Materiales Educativos de Capacitación:
Tiene como propósito establecer las orientaciones estrátegicas y metodológicas que
favorezcan el logro de los objetivos de la capacitación en el Servicio.
Política de Uso de Recursos de Capacitación: Tiene como propósito establecer los
mecanismos que favorezcan la administración eficiente de los recursos de capacitación.
Política de Evaluación y Retroalimentación: Tiene como propósitos verificar la
calidad y consistencia del diseño del curso/taller, conocer el nivel de comprensión de
los objetivos y contenidos del curso/taller percibido por los participantes.
La capacitación del personal se regula por la normativa vigente en la
administración pública y a través de las políticas de capacitación establecidas por
el SII.
Se desarrolla mediante la implementación anual de Programas
Centralizados y Descentralizados de capacitación:
Programa Centralizado de Capacitación: Se orienta preferentemente a los niveles
directivos y de coordinadores, a la áreas de baja cobertura y equipos especializados,
intervenciones en las que se requiere privilegiar el intercambio interregional y a las
unidades de la Dirección Nacional.Programa Descentralizado de Capacitación: Se orienta
básicamente a los niveles de coordinadores y personal operativo. Incluye básicamente el
desarrollo de cursos técnico tributarios y de aquellos vinculados a programas de
intervención nacional.
Las modalidades de la estrategia global de capacitación que permiten
alcanzar las metas de calidad y cobertura deseadas, son los cursos, Talleres, Cursos en
cascada, Cursos y Manuales Autoinstruccionales, Tutoriales y materias en Intranet,
Cartillas, Video-foros, Jornadas residenciales, Seminarios, pasantías y becas.
La Capacitación en el Servicio de Impuestos Internos se desarrolla
preferencialmente a través de monitores internos, especialistas en las distintas áreas
de desarrollo institucional. Aquellos programas de intervención de carácter masivo o de
especialización, con entidades de capacitación externa, son diseñados en conjunto con
la entidad ejecutora.
Se ha institucionalizado un sistema de detección de necesidades de
capacitación, cuya metodología e instrumental se ha denominado "Encuesta de
Necesidades de Capacitación". Esta encuesta, que comenzó a aplicarse en 1997, en
todas las Unidades del Servicio, supone la realización una vez al año, de una entrevista
de cada funcionario con su jefe directo, producto de la cual ambos priorizan las
necesidades de capacitación del funcionario, de acuerdo a las debilidades y áreas de
desarrollo que cada uno percibe para el mejor desempeño en el cargo.
De modo complementario, se desarrolló durante 1997 un Programa con los
Comités Regionales de Capacitación para la transferencia metodológica y sentido del
proceso de detección de necesidades de capacitación (DNC).
2.1. Generación de los programas de capacitación
Los Programas centralizados y descentralizados de Capacitación
se formulan de acuerdo a las políticas y procedimientos consensuados por el Departamento
de Capacitación con las distintas áreas funcionales del Servicio.
En relación a la detección de necesidades de capacitación (DNC),
podemos señalar que ésta se establece a través de los siguientes mecanismos:
- Aplicación de Encuestas de DNC en todas las unidades regionales.
- Sistematización de Propuestas Regionales de Capacitación y sistematización de
requerimientos de capacitación formulados por la Dirección Nacional y áreas de línea.
- Talleres de DNC.
- Procedimientos y Análisis de DNC.
- Análisis del indicador de capacitación (número de cursos realizados de 1995 a 1997).
- Análisis de DNC con la áreas de línea de la Dirección.
Mediante la aplicación de estos mecanismos, que involucran a todas las
instancias y actores relevantes en los procesos de capacitación, se desarrolla el proceso
de planificación de los programas anuales de capacitación.
Para el desarrollo de los programas de capacitación y fortalecimiento
de directivos, ha sido central el Programa de Formación de Monitores. Este Programa se
ejecuta anualmente a través de tres jornadas de 5 días de duración y en régimen
residencial.
Durante 1996 y 1997 se formaron un total de 75 monitores. Los
componentes centrales de dicho programa son los fundamentos y técnicas de la metodología
participativa, diseño y producción de acciones de capacitación y materiales educativos
y Rol del monitor o facilitador grupal.
Como productos de la implementación de este programa pueden
destacarse:
- Conformación de una red de 120 monitores en todo el país desde 1996 a la fecha.
- Diseño y Producción de 16 materiales educativos, para el trabajo en pequeños grupo.
- Institucionalización de una metodología para el diseño de acciones de capacitación.
- Existencia de aproximadamente 35 monitores de capacitación a nivel regional, que
garantizan los mismos estándares de calidad de la capacitación a nivel central.
Los programas de capacitación son ejecutados preferentemente a través
de los monitores internos (representa casi el 80% de la capacitación en el SII). Para el
diseño y desarrollo de cada curso se constituye un "Equipo de Diseño" (DE),
encargado del diseño, producción, ejecución y evaluación del curso. Una vez
establecida la programación centralizada y descentralizada, son convocados a un Taller de
diseño de cursos, conducidos por los asesores metodológicos del Departamento de
Capacitación y con la participación de los directivos de primera línea de la Dirección
Nacional, quienes proporcionan la orientación, enfoques y resultados esperados para cada
curso.
Cuadro N° 4: Programas permanentes de capacitación por escalafón
en el SII
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Diplomados y postítulos Becas y pasantías
Desarrollo de habilidades Gerenciales
Programa de formación para directivos
Programa de actualización tributaria
Asesoría metodológica para reuniones de trabajo.
Inglés |
Diplomados Becas y pasantías
Especialización informática
Capacitación externa
Inglés |
Programa de formación inicial Actualización
tributaria
Talleres de trabajo en equipo
Talleres de técnicas de supervisión
Talleres de comunicación asertiva
Talleres de calidad de servicio
Cursos de promoción y ascenso. |
Actualización tributaria Talleres
de trabajo en equipo
Talleres de comunicación asertiva
Talleres de calidad de servicio
Cursos del sistema de ascenso |
Capacitación técnica Talleres de atención
de público
Talleres de comunicación
Cursos de gasfitería, electricidad, aseo y mantención de edificios.
Mecánica automotriz |
Programa de Formación de
Monitores |
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Programa de
Fortalecimiento Etico |
|
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A partir de fines de 1996 comenzó a diseñarse un Programa de
Fortalecimiento Etico, orientado a la totalidad del personal, como parte del desarrollo de
una política preventiva en el ámbito de la ética y probidad administrativa.
Desde fines de 1996 a noviembre de 1997, fueron realizados un total de
102 talleres, con una participación global de 2.442 funcionarios. Ello representa el
89.64% de la dotación.
Este Programa fue complementado con la ejecución de jornadas en todas
las unidades regionales, dirigidas por el Director Regional y monitores locales y apoyadas
con material educativo y un video denominado "Video Foro de Etica y Probidad
Administrativa".
Finalmente en este punto se debe destacar la ejecución del Programa de
Formación Inicial de Nuevos Fiscalizadores.
Este programa constituye la fase final de selección e incorporación
del nuevo personal al escalafón fiscalizador. El programa se ejecuta con una o dos
promociones anuales, que fluctúa entre los 20 y 50 nuevos fiscalizadores por promoción.
El programa tiene una duración de poco mas de dos meses, en el que los
nuevos fiscalizadores participan en distintos módulos de capacitación, siendo evaluados,
a través de pruebas técnicas.
VI. POLITICAS, ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE
FISCALIZACION DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
1. Areas vulnerables de los principales impuestos.
Este capítulo tiene un carácter ilustrativo de las formas de
evasión más frecuentes en los distintos impuestos. Para una mejor comprensión del
análisis se abordarán tres puntos principales: diseño del impuesto, áreas vulnerables
del diseño y áreas críticas de evasión en Chile. La descripción se hará para los
principales impuestos.
1.1. Impuesto al Valor Agregado
a) Diseño del impuesto
El IVA en Chile es un impuesto al consumo con tasa del 18% que
se aplica de manera plurifásica y en base financiera, mediante el mecanismo de débitos y
créditos a través de toda la cadena de comercialización de los bienes y servicios. En
cada etapa de la cadena, los contribuyentes de este impuesto deben realizar mensualmente
el balance entre los débitos recargados en las ventas con los créditos pagados en las
compras y enterar en arcas fiscales la diferencia o arrastrar el remanente de créditos
para períodos posteriores, cuando la diferencia es negativa.
Los exportadores constituyen un caso particular de contribuyente por
cuanto se les aplica el IVA con tasa 0%. Esto es, sus ventas (exportaciones) están
exentas del IVA y pueden pedir la devolución del remanente de créditos de los bienes o
servicios adquiridos para realizar las exportaciones.
Para la aplicación del impuesto las ventas deben realizarse mediante
la emisión de dos tipos de documentos principales: facturas y boletas.
La factura se debe emitir cuando se le venden a un contribuyente del
IVA bienes y servicios necesarios para el desarrollo de su actividad y, en consecuencia,
es necesario poner explícitamente el débito que se está recargado en dicha venta, para
que el comprador lo pueda imputar como crédito a los débitos que posteriormente él
genera en la venta de los bienes y servicios, y así sucesivamente.
La boleta se debe emitir cuando se trata de ventas orientadas al
consumo final, ya sea realizado por consumidores finales o empresas. Ya que este documento
no permite descargar créditos, en su confección no se explícita el débito..
b) Areas vulnerables inherentes al diseño del impuesto
Dada la lógica del mecanismo del IVA, para asegurar la recaudación
potencial los débitos deben reflejar todas las ventas afectas a IVA que se realizan en la
economía y no menos. Por otro lado, los créditos deben ser pertinentes al giro de
negocio en que se imputan y deben reflejar todas las compras afectas a IVA necesarias a la
producción de bienes y servicios y no más.
Por lo tanto, no emitir todos los documentos en las ventas, con la
consecuente subdeterminación de débitos, surge como una de las áreas vulnerables del
IVA. Si bien existe cierto conflicto de interés en la interacción de los agentes
económicos intermedios que aminora esta vulnerabilidad, no existe este conflicto entre el
consumidor final y el comercio, último eslabón de la cadena y crucial para el
cumplimiento en etapas anteriores. Además, dado el nivel de informalidad de ciertos
agentes de los sectores primarios, tampoco se da la contraposición de intereses en esta
etapa. Incluso la existencia de sectores exentos que tradicionalmente considera este
impuesto, deteriora aún más el auto control que supone su diseño.
Por otro lado, contabilizar compras ficticias o en exceso a las
efectivas y necesarias para desarrollar el giro de negocio, con la consecuente
sobreimputación de créditos, constituye otra de las áreas más vulnerables del IVA.
Nuevamente la contraposición de intereses que supone el diseño del IVA en este tipo de
situaciones no se da. Más aún, el mecanismo de imputar los créditos contra los débitos
constituye un incentivo para abultar los primeros y así disminuir el pago mensual.
Estrechamente vinculado a los párrafos anteriores surge como área
vulnerable muy relevante en el IVA, la incorrecta o inexistente utilización de los
documentos tributarios legales, especialmente facturas y boletas, para respaldar las
operaciones comerciales.
Además, no sólo importa la correcta emisión de los documentos sino
también contabilizarlos adecuadamente, declararlos y enterar en arcas fiscales las
diferencias de débitos con créditos. Lo anterior, es particularmente relevante en el
caso de exportadores a quienes se devuelve los remanentes de crédito que supuestamente
ingresaron en alguna etapa anterior de la cadena del IVA.
c) Areas críticas de evasión y elusión del IVA en Chile
Las áreas vulnerables del IVA analizadas anteriormente se
manifiestan de distintas maneras en Chile, dando paso a diferentes formas de evasión que
exhibe el IVA en nuestro país. A modo de ejemplo podemos mencionar las siguientes formas
más comunes de evasión.
En cuanto a la subdeterminación de débitos el SII cursa alrededor de
600 denuncios semanales por no emisión de documentos o emisión incorrecta, registro de
débitos en los libros de contabilidad inferiores a los documentos emitidos, declaración
mensual de débitos inferior a las ventas por las que se emitió documentos, entre otras.
Además, se observa una alta sensibilidad a la presencia del S.I.I. en la calle, en estas
conductas de incumplimiento. En efecto, cuando el S.I.I. disminuye sus acciones de
presencia y las retoma de manera sorpresiva, las infracciones se elevan a cerca de 1.000
denuncios semanales.
En este mismo sentido, el S.I.I. se encuentra desarrollando un plan que
verifica la presentación de declaraciones mensuales de IVA y ha detectado un elevado
número contribuyentes que no presentan regularmente su declaración o sencillamente la
presentan con movimiento subvalorados, lo cual ha derivado en cuantiosos giros de multas
por impuestos impagos. No obstante, este plan dista mucho de tener una cobertura hacia
todos los contribuyentes, dada lo intensivo que es en recursos humanos.
En cuanto a la sobreimputación de créditos la diversidad de
situaciones que detecta el S.I.I. permiten concluir que esta conducta constituye el
problema más serio para un adecuado control del IVA. Por ejemplo, la imputación de
compras personales o ajenas al giro imputadas como compras de empresa, es una práctica
que se ha tornado demasiado generalizada y aún cuando el S.I.I. orienta esporádicamente
ciertos recursos a su control, no puede mantener una fiscalización permanente que
desincentive esta evasión.
En este mismo sentido, se detectan situaciones tanto o más graves con
similares niveles de generalización tales como: la imputación de compras inexistentes
respaldadas con documentos regulares, la imputación de compras de empresas exentas
relacionadas y la imputación de compras respaldadas con documentos irregulares o falsos.
Así mismo, también se detectan irregularidades en el registro de
créditos en los libros de contabilidad sin respaldo de documentos e incluso declaraciones
mensuales de créditos superiores a las compras respaldadas en documentos.
Adicionalmente, se observa una creciente aparición de fraudes a lo
largo de la cadena del IVA en donde en las primeras etapas de la cadena de
comercialización, se utilizan testaferros o "palos blancos" como proveedores de
documentos tributarios, especialmente de facturas. Lo anterior, se realiza con el fin de
formalizar compras indocumentadas o "negras", que en etapas posteriores serán
imputadas por distintos contribuyentes para usar los créditos asociados. Estos
"palos blancos" posteriormente no declaran o sencillamente desaparecen. Esta
situación es particularmente delicada cuando quien termina la cadena es un exportador que
pide devolución de sus remanentes de crédito, en circunstancias que en etapas anteriores
estos dineros nunca ingresaron en arcas fiscales.
1.2. Impuesto a la Renta
a) Diseño del impuesto
Como su nombre lo dice es un impuesto que se aplica sobre la
base de las rentas que obtienen las personas y empresas.
Las personas pagan un impuesto sobre casi todas sus rentas, de
carácter progresivo en 7 tramos con un límite anual exento de 10 UTA y una tasa marginal
máxima de 45%.
Las empresas pagan un impuesto de un 15% sobre utilidades (ingresos
menos costos) devengadas, el cual está integrado a la tributación personal de los
dueños o accionistas. En este sentido, cuando las utilidades son retiradas o
distribuidas, este 15% sirve de crédito contra el impuesto personal determinado a los
dueños o accionistas. Las utilidades no distribuidas deben quedar registradas en un libro
especial denominado FUT (fondo de utilidades tributables).
Los trabajadores dependientes pagan su impuesto vía una retención
mensual que les practica su empleador, debiendo hacer un reliquidación anual sólo en
determinadas situaciones.
Los trabajadores independientes deben aprovisionar mensualmente, vía
retención o en forma directa, y hacer una declaración anual de impuestos que consolide
su situación.
Si bien el impuesto a la renta en Chile es de base amplia, existen
algunas rentas exentas o no gravadas, además de una serie de incentivos tributarios,
rebajas y créditos que reducen la base imponible o el impuesto propiamente tal.
b) Areas vulnerables inherentes al diseño del impuesto
En el caso del impuesto a la renta se produce una situación análoga
al IVA en cuanto a áreas vulnerables que impiden la recaudación potencial que supone su
diseño. En efecto, los ingresos deben reflejar todos los aumentos patrimoniales efectivos
que obtienen los contribuyentes y no menos y los costos deben ser pertinentes al
desarrollo de las actividades y deben reflejar los verdaderamente incurridos y no más.
Por lo tanto, los pagos recibidos de manera informal o indocumentada,
con la consecuente subdeclaración de ingresos, constituye una de las áreas vulnerables
del impuesto a la renta. Esto posibilita, además, que parte de las operaciones del
pagador también se mantengan en la informalidad.
Así mismo, la imputación de gastos en exceso a los efectivamente
incurridos, con la consecuente sobredeterminación de los costos y por ende
subdeterminación de la utilidad, constituye otra de las áreas más vulnerables del
impuesto a la renta.
En cuanto al respaldo y registro en documentos de las operaciones, la
situación es más compleja que en el IVA por la naturaleza misma del diseño del
impuesto. Mientras en el IVA casi todas las operaciones tienen se respaldan en documentos
que controla el S.I.I., en el caso del impuesto a la renta la diversidad de operaciones
genera una multiplicidad de registros de documentos que dificulta el seguimiento y
reconstitución de la actividad. Esta dificultad se acentúa en el caso de las grandes
empresas.
c) Areas críticas de evasión y elusión del Impuesto a la Renta en
Chile
En el caso del impuesto a la renta de las personas la conducta
evasora está directamente relacionada a la información que maneje el S.I.I. para
realizar los cruces de consistencia de los datos proporcionados en la declaración. Así,
cuando el S.I.I. no solicitaba la información de remuneraciones, habían contribuyentes
que sólo declaraban los ingresos y retenciones que habían sufrido como independientes e
incluso pedían devolución, aún cuando al sumar las remuneraciones como dependiente
dicha devolución no procediere.
En este mismo sentido, en la actualidad la área más vulnerable la
constituye la subdeclaración de ingresos asociados a rentas de capital, puesto que, el
S.I.I. cuenta con menos información que en el caso de ingresos regulares pagados vía
remuneraciones u honorarios. Ejemplo de lo anterior es el alto rendimiento que tuvo el
control de los intereses en la Operación Renta 1997. Esto se pudo realizar debido a que
los bancos proporcionaron la información de los intereses pagados por contribuyente y,
por tanto, el S.I.I. contaba con toda la información para fiscalizar su correcta
declaración.
En el caso de las rentas por ganancias de capital o venta de derechos
sociales, el control es bastante más débil, debido a que no ha sido posible obtener la
información de los agentes económicos que la generan de manera tal que al S.I.I. le
permita un control mas asertivo.
Otra área débil de control del impuesto personal la constituyen los
ingresos provenientes de participaciones en empresas, especialmente cuando se trata de
pequeñas y medianas o empresas individuales. En efecto, al no contar con un control más
sistemático de indicadores tributarios de las empresas, la información que se captura de
las pequeñas, medianas e individuales relativa a los ingresos de sus socios o dueños, es
difícil de validar. Incluso, esto se ha prestado para montar millonarios fraudes por
devoluciones improcedentes.
A nivel de las empresas las áreas de vulnerabilidad se hacen más
evidentes porque el nivel de información que de ellas se maneja es mucho menor. En este
sentido, mientras que a nivel de las personas se puede prácticamente reconstruir los
ingresos totales con la información que se captura, a nivel de las empresas la
declaración parte de la utilidad tributaria como un dato y la fiscalización se orienta a
un chequeo parcial de sólo algunos créditos y rebajas. En consecuencia, no existe un
análisis sistemático de los niveles de ingresos y costos de las empresa que permitan
construir indicadores tributarios para la selección y fiscalización del correcto
cumplimiento.
Esta situación es más dramática a nivel de las grandes empresas,
debido a la complejidad de sus organizaciones, donde se relacionan múltiples empresas de
distinta personalidad jurídica. Más aún, con la apertura internacional la operaciones
de estas empresas se tornan más importantes fuera del país que dentro de el, lo cual
agrava la dificultad de fiscalizarlas.
2. Estrategias de fiscalización en los principales impuestos.
A continuación se indica las principales acciones de
fiscalización dirigidas a los impuestos de mayor recaudación. En el anexo N° 1 se
entrega un mayor detalle de estas estrategias y en el anexo N° 2 se muestran los
resultados de estas actividades en el año 1996.
2.1. Fiscalización del IVA
2.1.1 Política, programas y planes actuales
La política de fiscalización del IVA contempla en la
actualidad seis estrategias fundamentales: (1) control de los documentos tributarios que
respaldan las operaciones, (2) presencia fiscalizadora, (3) controles carreteros y
móviles, (4) instauración de medidas administrativas, (5) fiscalización por
auditorías, y (6) fiscalización de las devoluciones de IVA solicitadas por los
exportadores.
El control de los documentos se realiza básicamente a través de
establecer la obligatoriedad de timbrar periódicamente los documentos tributarios que
respaldan las operaciones comerciales. La periodicidad se establece en función del
número de documentos que utilizan los contribuyentes en un lapso de tiempo y en una
evaluación de su comportamiento tributario.
La presencia fiscalizadora consiste en acciones orientadas a aumentar
la visibilidad del S.I.I. En este sentido, se desarrollan en sectores de alto comercio,
con objeto de verificar la emisión de documentos, controlar el registro en los libros de
contabilidad los documentos emitidos y establecer puntos fijos para fomentar el otorgar
documentos por todas las ventas que se realizan, entre otras acciones.
Los controles carreteros y móviles se orientan a verificar el correcto
respaldo de documentos en el transporte de mercaderías, tanto el que se desarrolla entre
ciudades a través de carreteras, así como el que se realiza al interior de las ciudades.
Las medidas administrativas se han orientado preferentemente a
controlar el IVA en las etapas primarias de la comercialización de productos. Consiste en
trasladar la responsabilidad de enterar en arcas fiscales el IVA que se genera en dicha
etapa, a través de una retención parcial del débito que practican las grandes empresas
que compran a los productores en estos sectores. Ejemplos de lo anterior, lo constituyen
los cambios de sujeto del IVA en la ventas de trigo, de especies hidrobiológicas, de
madera, entre otras.
Fiscalización por auditorías consisten en planes especiales
orientados a verificar fundamentalmente la correcta utilización de créditos por parte de
los contribuyentes. En especial, se verifica la pertinencia de los créditos imputados, la
legitimidad de los documentos utilizados, la consistencia entre documentos, registros y
declaraciones de IVA, entre otras materias.
Finalmente, la fiscalización de IVA a las solicitudes de los
exportadores consiste básicamente en verificar los remanentes de crédito que los
exportadores están imputando para pedir la devolución de ellos. El procedimiento de
solicitar la devolución y el marco de la fiscalización se encuentra normado en el
Decreto Supremo 348, e impone plazos bastante breves para emitir el pronunciamiento de si
procede o no la devolución. En este sentido, esta fiscalización tiene aspectos bastante
delicados debido a que al autorizar una devolución, no sólo se califica que se cumplió
con los trámites formales de imputación de los créditos, sino que además se debe tener
cierta seguridad que dichos créditos fueron enterados en arcas fiscales en etapas
anteriores de la cadena y, por tanto, procede su devolución.
2.1.2 Estrategias y acciones futuras necesarias de implementar
Si bien es cierto las estrategias de fiscalización del IVA
apuntan a neutralizar las áreas vulnerables de este impuesto, existe un problema de
atomización de las acciones que implica un baja cobertura de fiscalización. En este
sentido, se plantea implementar nuevas estrategias de fiscalización que aumenten la
cobertura fiscalizadora y con ello la percepción de control en los contribuyentes y, por
ende, el riesgo de evadir.
a) Implementar la Operación IVA
Al igual que en el caso del Impuesto a la Renta, es
necesario poner en marcha un plan estructurado, permanente y masivo de fiscalización del
cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que realizan
actividades afectas al Impuesto al Valor Agregado. Este plan se encuentra diseñado y
contempla dos etapas fundamentales: (1) fiscalización informática y (2) fiscalización
de campo.
La primera, implica un uso intensivo de la informática para efectos de
realizar cruces masivos de información, orientados a verificar la consistencia de cada
una de las declaraciones de IVA que presentan los contribuyentes. Lo anterior, implicará
a futuro pedir a los contribuyentes la entrega de información adicional a la
presentación mensual de la declaración con objeto de verificar las declaraciones de
otros contribuyentes. Por ejemplo, se contempla solicitar los créditos que un
contribuyente imputa en su declaración, con el detalle de los contribuyentes que
originaron dichos créditos, para compararlas con los débitos que éstos informan en sus
respectivas declaraciones.
La fiscalización informática permitirá seleccionar contribuyentes
que presentan inconsistencias en sus declaraciones y serán citados al S.I.I para la
fiscalización de campo. En esta etapa, el fiscalizador participante en este plan deberá
hacer una auditoría del cumplimiento en el IVA del contribuyente y clarificar el origen
de las discrepancias.
b) Incrementar la presencia fiscalizadora
Las acciones de presencia fiscalizadora s7e realizan
preferentemente en horarios fuera de oficina, debido a que la demanda de trabajo diario en
las direcciones regionales, especialmente en las áreas de atención de público,
imposibilita destinar recursos en horarios de oficina a estas acciones de fiscalización.
Además, como la reacción de los contribuyentes a esta estrategia de fiscalización es
muy sensible a la permanencia de la fiscalización en la calle, es de vital importancia
reforzar las acciones en los horarios donde el desarrollo de la actividad comercial es
más intensivo.
c) Implementar la Operación Ciclo de Vida del Contribuyente
El área del Ciclo de Vida del Contribuyente reúne los
trámites para obtener RUT , declarar Inicio de Actividades, declarar Modificaciones y
Timbrar Documentos. Para esta área también se está definiendo un plan estructurado,
masivo y permanente de verificación del cumplimiento de los contribuyentes. En este
sentido, se analizará de manera más sistemática la información que se captura y, a
partir de indicadores de comportamiento que detecten usos irregulares de documentos por
parte de los contribuyentes, se citará a los contribuyentes para ser fiscalizados en el
área de Ciclo de Vida del Contribuyente o se les fiscalizará con acciones en terreno. Un
ejemplo ilustrativo lo constituye la necesidad de volver ha hacer verificaciones de
actividad en ciertos sectores y tipos de contribuyentes, para evitar la proliferación de
los denominados "palos blancos" que sólo buscan timbrar facturas ante el S.I.I.
para posteriormente venderlas.
d) Implementar la Operación Cambios de Sujeto
Con la nueva información que se está capturando de los
agentes de retención, se implementarán nuevos cruces de información para verificar la
correcta declaración de los débitos parciales que quedan en los contribuyentes que
venden los productos sujetos a retención parcial. Los casos de inconsistencias serán
enviados a las Direcciones Regionales del S.I.I., con toda la información correspondiente
para que citen a los contribuyentes a aclarar las inconsistencias.
Adicionalmente, se encuentran en estudio la implantación de nuevos
cambios de sujeto en sectores de bajo cumplimiento y en donde es muy costosa la
fiscalización, en términos del uso de recursos humanos.
e) Incrementar cobertura en la fiscalización de IVA a los exportadores
En la actualidad a nivel de Santiago la fiscalización se realiza
con 20 funcionarios y cubre alrededor de 1.800 exportadores, que solicitan del orden de
US$8 millones diarios. En este sentido, en necesario que los elevados montos que a diario
se autorizan deban tener una revisión más profunda, situación que se ve impedida por
los plazos fatales que establece el D.S 348. En consecuencia, es necesario aumentar la
cobertura fiscalizadora para posibilitar el control sobre un mayor monto de solicitudes.
2.2. Fiscalización del Impuesto a la Renta
2.2.1 Política, programas y planes actuales
Actualmente la política de fiscalización del impuesto a
la renta se basa en dos estrategias fundamentales: (1) fiscalización masiva de las
declaraciones de impuestos y (2) fiscalización por auditorías.
La fiscalización masiva de las declaraciones se realiza a través del
programa denominado Operación Renta, que contrasta la declaración de impuestos de cada
contribuyente con la información proporcionada por otros contribuyentes o instituciones.
En particular, a las declaraciones de las personas naturales se les
chequea prácticamente cada concepto de la base imponible, así como de los créditos o
rebajas que el contribuyente imputa.
En el caso de las empresas, la información capturada actualmente en la
declaración es menos detallada, lo cual posibilita un menor nivel de verificación de la
base imponible. No obstante, se pone el acento en la fiscalización de los pagos
provisionales, créditos y rebajas al impuesto.
La fiscalización por auditorías selectivas consiste en acciones
dirigidas preferentemente a empresas, orientada a verificar la imputación de gastos, las
retenciones practicadas y la determinación de la base imponible, entre otras. Se hacen
alrededor de 3.300 auditorías al año de un total aproximado de 430.000 empresas, lo cual
refleja un cobertura de tan sólo un 0,8% del total.
Contribuyen también a la fiscalización del impuesto a la renta de las
empresas las acciones que se realizan para el control del IVA, puesto que, apuntan a la
correcta determinación de las ventas y compras afectas a IVA y, por ende, de los ingresos
y costos determinantes principales de las utilidades de las empresas.
2.2.2 Estrategias y acciones futuras necesarias de implementar.
En el impuesto a la renta es necesario perfeccionar las
acciones tendientes a neutralizar las áreas vulnerables de este impuesto a nivel de las
empresas, tanto a nivel de los planes de amplia cobertura, como es la Operación Renta,
así como de los más focalizados a través de auditorías. También es importante
incorporar una visión más segmentada en la fiscalización de los contribuyentes, en
particular la que dice relación con empresas que generan flujos monetarios
internacionales. En este sentido, se deberían llevar a cabo los cambios en la política
de fiscalización actual que a continuación se describen.
a) Profundizar y perfeccionar la Operación Renta.
La Operación Renta constituye un buen plan de
fiscalización toda vez que da señales permanentes de control a cada uno de los
contribuyentes de este impuesto.
A nivel de las personas la estrategia futura continua en la línea
actual, es decir, incrementar los niveles de información para contrastar los distintos
conceptos de ingresos que perciben las personas. Además, será necesario mejorar las
verificaciones de los créditos y rebajas, toda vez que la normativa actual contempla
incentivos tributarios cada vez más complejos, sobretodo por el fenómeno de
internacionalización económica del país que ha obligado a introducir créditos
especiales para evitar la doble tributación.
En cuanto a la fiscalización de las empresas, el diseño de las
futuras Operaciones Rentas contempla incrementar en forma sustantiva la información que a
éstas se les solicita, de manera que se pueda evaluar la veracidad de los niveles de
ingresos y costos declarados, así como los créditos y rebajas que practican. En
particular, para la Operación Renta 1998 ya se tiene diseñado el nuevo formulario 22,
cuya principal novedad es la incorporación de un estado de resultados que se les pedirá
a las empresas y un detalle de cómo se obtiene la base imponible tributaria. También se
requerirá información de los bienes raíces que utilizan las empresas para el desarrollo
de sus actividades, lo cual permitirá mejorar el control de la rebaja por contribuciones,
principal rebaja del impuesto de las empresas.
Otro aspecto al cual se pondrá énfasis a futuro es la fiscalización
de la vinculación del impuesto personal con el impuesto a las empresas, especialmente en
cuanto al uso de créditos asociados a la integración de impuestos entre empresas y
personas. De hecho, en la Operación Renta de 1998 se identificará de mejor manera la
imputación del crédito de primera categoría realizado por los empresarios individuales,
contribuyentes que normalmente son de difícil control.
b) Integrar la fiscalización de la Operación Renta con la
futura Operación IVA
Esta línea de trabajo apunta a mirar de manera más integral la
fiscalización de las empresas. En la medida que se tenga un control más estructurado,
sistemático y masivo de las declaraciones de IVA y, por ende de las declaraciones de
débitos y créditos, se podrá aproximar de mejor manera la determinación de las
utilidades de las empresas. Además, el control mensual de los débitos permitirá un
seguimiento permanente de los pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto de las
empresas, pues están en proporción a éstos. Más aún, dado que a las empresas se les
hará un seguimiento de su estado de resultados, deberá existir mayor consistencia con
las declaraciones mensuales de IVA en cuanto a niveles de ventas y compras para el
desarrollo de las actividades.
c) Aumentar el número de auditorias selectivas a empresas
En la medida que se cuente con mayor información en la Operación
Renta, la fiscalización de las empresas se incrementará al interior de este plan. Sin
embargo, también posibilita una mejor selección de contribuyentes para ser fiscalizados
en mayor profundidad. En este sentido, se desea aumentar las auditorías a realizar en las
empresas e instalaciones donde desarrollan sus actividades. Así se tendrá una
percepción más real de lo que indican los antecedentes tributarios y se mostrará una
presencia fiscalizadora de mayor sofisticación.
d) Aumentar las auditorías integrales a grandes contribuyentes
Las grandes empresas constituyen un foco de atención especial, al cual
se le pretende dar énfasis. Para ello, se pedirá mayor información no sólo a través
de la Operación Renta sino que, además, en planes especiales orientados a realizar un
seguimiento de su comportamiento tributario. La incipiente experiencia del Servicio en la
fiscalización de estos contribuyentes indica que, más que evadir abiertamente el pago de
impuestos, las grandes empresas en ocasiones aplican erróneamente las normas tributarias
que implican cuantiosos ajustes en el pago de impuestos, cuando son detectadas en los
procesos de fiscalización. En esta línea, se está trabajando en formar bases de datos
para las grandes empresas de los sectores primarios (agrícola, forestal, minero y
pesquero), con antecedentes tributarios tales como, estados de resultados, utilidad
financiera, agregados, deducciones y utilidad tributaria, entre otros. A partir de esto,
se construirán indicadores para seguir el comportamiento de las empresas y seleccionar
contribuyentes y criterios de revisión que guíen la auditoría. Idealmente la
fiscalización de estas empresas debería abordarse a través de equipos de fiscalizadores
con el apoyo de algunos especialistas sectoriales que conozcan las particularidades de los
sectores económicos fiscalizados.
e) Profundizar la fiscalización de contribuyentes con operaciones
internacionales
Esta línea de acción es complementaria a la anterior, toda vez que
las grandes empresas nacionales son las más proclives a invertir en el exterior y generar
flujos internacionales monetarios y de mercaderías. Sin embargo, también se
incrementará la fiscalizar de las empresas extranjeras que invierten en Chile,
especialmente las distintas operaciones que desarrollan con sus casas matrices en el
extranjero, tales como préstamos, asesorías técnicas, usos de marcas, entre otras.
3. Medidas administrativas para favorecer el cumplimiento tributario.
La ley del IVA contempla la facultad del Director del SII para cambiar
el sujeto de derecho del Impuesto al Valor Agregado, en forma total o parcial. De esta
manera, es posible hacer frente a los sectores de contribuyentes que presentan mayores
grados de informalidad en sus operaciones y que por tal razón presentan bajo nivel de
cumplimiento tributario, aplicándolo a la comercialización de productos específicos.
El funcionamiento de los cambios de sujeto indica que en el caso de ser
total, la responsabilidad de enterar el IVA en arcas fiscales pasa totalmente del vendedor
del producto en cuestión al comprador, el cual retiene el IVA generado en la transacción
mediante la emisión de una factura de compra. Si el cambio de sujeto es sólo parcial, el
comprador sólo debe retener el porcentaje del IVA que el SII le indique, mediante factura
de compra.
Los retenedores son determinados en base a parámetros de compra, venta
o capital propio. Además, estos retenedores deben tener un buen comportamiento
tributario. También, las resoluciones administrativas de cambio de sujeto permiten a los
contribuyentes de buen comportamiento, excepcionarse de la medida, en cuyo caso pasan a
ser retenedores automáticamente.
Los parámetros de retención en el cambio de sujeto deben permitir al
vendedor compensar los créditos de IVA soportados en la producción del bien que vende,
de modo que la parte no retenida sea suficiente para cubrir el impuesto soportado. Si por
el contrario, el vendedor tiene un exceso de créditos sobre débitos, la parte no
compensada debe ser devuelta, previa solicitud del vendedor presentada en las Oficinas del
SII, devolución que se hace efectiva, si procede, en un plazo máximo de 30 días de
presentada la solicitud.
Los cambios de sujeto han existido desde 1977, cuando una resolución
del SII obligaba a los compradores a retener totalmente mediante factura de compra el IVA
a los vendedores que no tuvieran documentación tributaria.
3.1. Antecedentes de los cambios de sujeto vigentes.
El primer cambio de sujeto con retención parcial fue realizado en 1991
y recayó en el Trigo, posteriormente al año siguiente se instauraron los cambios de
sujeto en la Harina y en los Productos Hidrobiológicos. Así mismo, en 1993 se dictaron
cambios de sujeto en las Legumbres y Productos Silvestres. En 1995 se dictó el cambio de
sujeto en la Chatarra y finalmente en 1996 se dictaron los cambios de sujeto del Arroz y
de la Madera. Para un mayor detalle sobre las características de estas medidas, en el
anexo N° 4 se reproducen las resoluciones de cambio de sujeto en la comercialización de
Trigo y de Harina.
El cuadro siguiente muestra información sobre los cambios de sujeto
vigentes, su año de instauración, el número de retenedores, el número de retenidos y
los montos retenidos.
Cuadro N° 5:
Estadísticas de Cambios de Sujeto vigentes |
(Montos en
millones de pesos de 1996) |
Cambio de sujeto |
Año de inicio |
Número de
retenedores |
Número de
retenidos |
Monto
retenido1996 |
Número
de devoluciones |
Monto
de devoluciones |
Trigo |
1991 |
185 |
2.808 |
9.742 |
177 |
356 |
Harina |
1992 |
397 |
43.400 |
21.318 |
234 |
374 |
Hidrobiológicos |
1992 |
253 |
3.500 |
8.674 |
872 |
810 |
Legumbres |
1993 |
73 |
1.300 |
1.063 |
87 |
21 |
Prod. Silvestres |
1993 |
22 |
n.d |
1.568 |
- |
- |
Chatarra |
1995 |
24 |
1.240 |
2.707 |
48 |
101 |
Arroz |
1996 |
27 |
|
1.557 |
11 |
18 |
Madera |
1996 |
240 |
240 |
8.931 |
300 |
101 |
Total |
|
1.221 |
52.488 |
55.560 |
1.729
|
1.781
|
Fuente: SII en base a
información de la Subdirección de Fiscalización. |
|
|
En este cuadro se aprecia que cerca de 1.200 retenedores de cambio de
sujeto retienen $55.560 millones a 54.289 retenidos. Asimismo, es posible ver que en total
se solicitan 1.729 devoluciones que representan un 3,2% del total retenido.
3.2. Efecto de los cambios de sujeto en la evasión.
Los cambios de sujeto han permitido reducir considerablemente la
evasión en los sectores donde se ha aplicado, como se aprecia en el cuadro siguiente.
Cuadro N° 6:
Reducción de la tasa de evasión por aplicación de Cambios de Sujeto |
|
|
|
|
|
Año |
Trigo |
Harina1 |
Legumbre |
Pesca |
1991 |
24,8 |
30 |
|
82,1 |
1992 |
10,2 |
17,2 |
|
63,8 |
1993 |
9,5 |
14,3 |
50 |
25,2 |
1994 |
7,3 |
10,8 |
27 |
17,5 |
1995 |
11,1 |
12,7 |
23,3 |
13,1 |
Fuente: Elaborado por la Oficina
de Fiscalización Sectorial, SII. |
Nota: 1/: Corresponde
a un anticipo del IVA en la venta de harina. |
|
Asimismo, los cambios de sujeto han contribuido a hacer los mercados
más competitivos, al disminuir la rentabilidad de agentes que vivían de las ganancias
extras que les otorgaba la evasión del IVA. Esta disminución de rentabilidad
desincentiva el interés de los agentes evasores por permanecen en el mercado en cuestión
por lo que finalmente optan por retirarse.
VII. INSTRUMENTOS DE MEDICION DE LA GESTION DE LA A.T.
Y PRINCIPALES RESULTADOS DE LA A.T. CHILENA.
1. Indicadores de comportamiento de los Ingresos
Tributarios.
El SII realiza permanentemente análisis de los
ingresos tributarios, a través de la unidad de Estudios Económico Tributarios de la
Subdirección de Estudios. De esta manera, esta se constituye en la primera vía de
evaluación de la gestión del Servicio de Impuestos Internos.
A través de este mecanismo se establece un
seguimiento mensual de los ingresos tributarios, que tiene por objetivo explicar su
comportamiento y por ese medio facilitar la toma de decisiones respecto de las acciones a
seguir
A continuación se entrega el análisis de los
ingresos tributarios para el año 1996, respecto de la ley de presupuestos y respecto al
año 1995.
1.1. Ingresos Efectivos versus Ley de Presupuestos:
Los ingresos tributarios en moneda nacional fueron un
6,3% superior a los estimados en la Ley de Presupuestos del año 1996. En el caso de los
ingresos en moneda extranjera, hubo un aumento de 76,8%, tal como se indica en los cuadro
siguientes:
Cuadro N° 7: Ingresos tributarios en moneda nacional:
Ley de Presupuestos v/s Efectivos 1996
(Cifras expresadas en millones de pesos)
Concepto de Impuestos |
Ingresos
Tributarios |
|
Variación Porcentual |
|
Ley de Presupuestos |
Efectivos |
(%) |
Impuestos Determinados
Renta
IVA
Productos Específicos
Actos Jurídicos
Comercio Exterior Neto
Impuestos Varios
Otros Ingresos Tributarios
Sistema de Pago de Impuestos |
5.094.531
1.275.921
2.438.069
583.329
182.710
552.614
48.830
13.058
(199.726) |
5.263.935
1.355.322
2.458.995
570.681
197.745
596.578
49.176
35.439
(163.900) |
3,3
6,2
0,9
(2,2)
8,2
8,0
0,7
171,4
44,9 |
Total Ingresos en Moneda
Nacional |
4.796.952 |
5.100.035 |
6,3 |
Conversión Pagos Moneda
Extranjera1
Total Ingresos Tributarios Netos2 |
97.852
4.894.804 |
102.591
5.202.626 |
4,8
6,3 |
Fuente: Elaborado por la Subdirección
de Estudios del SII en base a información de la Tesorería General de la República y la
Ley de Presupuestos para el Sector Público 1996.
Notas:
1: Corresponde a los pagos de impuestos en moneda
extranjera convertidos a moneda nacional, excluyendo los pagos realizados por CODELCO.
2: Esta línea refleja los ingresos tributarios
consolidados, es decir, moneda nacional más moneda extranjera, excluyendo los pagos de
impuesto de CODELCO.
Al hacer una comparación entre la Ley de
Presupuestos y los Ingresos Efectivos en moneda nacional, es necesario tener presente los
supuestos con que se hizo esta Ley, la que consideró para el año 1996 un crecimiento de
la economía de 6,0 y una inflación de 6,5%. En el caso del crecimiento, el PIB efectivo
del año 1996 fue de 7,2%, resultando ser superior a lo esperado, mientras que en el caso
de la inflación, ésta fue de 6,6%, cifra levemente por sobre lo esperado.
Cuadro N° 8: Ingresos Tributarios en moneda
extranjera: Ley de Presupuestos v/s Efectivos 1996
(Cifras expresadas en miles de dólares)
Fuente: Subdirección de Estudios del
SII, en base a información de Tesorería General de la República y Ley de Presupuestos
del Sector Público para 1996.
Notas:
1: Corresponde a los pagos de impuestos en moneda
extranjera de todos los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en dicha moneda,
a excepción de CODELCO.
2: Esta línea refleja los pagos de impuesto
efectuados por CODELCO.
1.2. Ingresos Tributarios de 1996 en comparación a
los de 1995.
En los siguientes cuadros se presenta un resumen de
los ingresos tributarios del año1996 en comparación a los de 1995, tanto en moneda
nacional como extranjera.
De estos cuadro se desprende que los ingresos
tributarios en moneda nacional experimentaron un crecimiento del 10% respecto del año
anterior, mientras que los ingresos tributarios consolidados (excluyendo CODELCO)
crecieron un 10,2%.
Cuadro N° 9: Ingresos Tributarios en Moneda Nacional
1995 v/s 1996
(Cifras en millones de pesos de enero de 1997)
Concepto de Impuestos |
Ingresos
Tributarios |
|
Variación Porcentual |
|
1995 |
1996 |
(%) |
Impuestos Determinados
Renta
IVA
Productos Específicos
Actos Jurídicos
Comercio Exterior Neto
Impuestos Varios
Otros Ingresos Tributarios
Sistema de Pago de Impuestos
Renta
IVA
Fluctuación Deudores
Otros |
5.089.475
1.257.532
2.394.130
527.805
171.430
646.242
70.742
21.594
(296.363)
(145.632)
37.392
(70.543)
(117.580) |
5.431.663
1.409.660
2.529.431
589.182
204.317
611.276
51.064
36.733
(160.475)
(152.859)
56.429
68.108
(132.154) |
6,7
12,1
5,7
11,6
19,2
(5,4)
(27,8)
70,1
(45,9)
(5,0)
50,9
196,5
(12,4) |
Total Ingresos en Moneda
Nacional |
4.793.112 |
5.271.188 |
10,0 |
Conversión Pagos Moneda
Extranjera1
Total Ingresos Tributarios Netos2 |
83.800
4.876.912 |
105.523
5.376.711 |
25,9
10,2 |
Fuente: Subdirección de Estudios del
SII en base a información de la Tesorería General de la República.
Cuadro N° 10: Ingresos Tributarios en Moneda
Extranjera 1995 v/s 1996
(Cifras en millones de pesos de enero de 1997)1
Fuente: Subdirección de Estudios del
SII en base a información de la Tesorería General de la República.
Nota: 1: las Cifras mensuales en dólares fueron
convertidas a pesos con el tipo de cambio observado promedio mensual y luego transformadas
a moneda de enero de 1997.
- Comportamiento de los Ingresos Tributarios en moneda nacional 1993 -
1997
A continuación se muestra el comportamiento que han
tenido los ingresos tributarios en moneda nacional durante el período 1993 a 1997.
2. Estimación de la evasión tributaria: Métodos de
estimación y resultados.
Disponer de estimaciones de los montos que alcanza la
evasión es importante por varios aspectos: En primer lugar, es importante porque permite
dimensionar el problema. El conocimiento de la magnitud de la evasión puede determinar
que se asignen recursos adicionales para la administración tributaria, se definan
políticas de fiscalización o se modifique la legislación tributaria. En segundo lugar,
la evasión tributaria es en cierto modo una medida de eficiencia de la administración
tributaria, y conocer su evolución en el tiempo permite evaluarla. En tercer lugar,
permite medir el efecto de políticas de fiscalización y tomar acciones correctivas.
Idealmente, si la administración tributaria tuviera a su disposición estimaciones de
evasión por impuesto y sector económico, podría focalizar los recursos de
fiscalización en aquellos grupos de contribuyentes que más evaden, mejorando así su
eficacia y efectividad.
2.1. Métodos Alternativos de Medición de la
Evasión: sus Ventajas y Desventajas.
Son dos los principales métodos utilizados para medir
la evasión tributaria:
- Método Muestral: Este método estima el porcentaje de evasión a
partir de una muestra de contribuyentes. Por lo general, la medición se realiza
contrastando el impuesto declarado por los contribuyentes con resultados de auditorías
practicadas a sus declaraciones. La diferencia entre el impuesto antes y después de
auditorías - extendida sobre el universo de contribuyentes - da cuenta del nivel de
evasión. La confiabilidad de la medición está determinada principalmente por la calidad
y profundidad de las auditorías y por la representatividad de la muestra.
- Potencial Teórico Vía Cuentas Nacionales: Este método consiste
básicamente en calcular la base teórica a partir de una fuente de información
independiente. Esta fuente corresponde, por lo general, al Sistema de Cuentas Nacionales
(CN, en adelante). La recaudación teórica se estima aplicando la tasa impositiva legal a
la base teórica construida con CN, y luego se la compara con la recaudación efectiva -
aquella que ingresa verdaderamente en arcas fiscales - de modo que la diferencia da cuenta
del incumplimiento tributario agregado.
Para una aplicación adecuada, el método (i) requiere
que la muestra sea estrictamente representativa. Las estadísticas de casos detectados
disponibles habitualmente en los departamentos de fiscalización por lo general no se
pueden utilizar pues tienen un sesgo de selección. Además de eso, la calidad de los
resultados de este método depende de la profundidad y calidad con que se practiquen las
auditorías, ya que ellas pueden descubrir sólo parte de la evasión total. Lo anterior
dependerá entre otras cosas de la experiencia de los fiscalizadores que las lleven a
cabo.
La ventaja relativa de (i) es que si se realiza
apropiadamente, permite aplicar todo el arsenal de técnicas estadísticas para definir
niveles de confianza y precisión para los resultados, clasificar los mismos por
categorías, validar determinadas hipótesis, etc. Una desventaja relativa es que sólo
permite obtener medidas de la variable para el año (o mes) en que se realiza.
En relación con el método (ii), éste tiene como
principal limitante que la precisión de sus resultados se encuentra condicionada por la
propia confiabilidad del sistema de CN. Si en su construcción, por ejemplo, se utiliza
información tributaria, el potencial teórico pierde independencia y la estimación de
evasión resulta subestimada. Otra fuente de error asociada a este método se encuentra en
los supuestos que se hagan necesarios para determinar la base teórica. Este tipo de
errores depende fundamentalmente de la proximidad que la base del gravamen tenga con
alguno de los componentes medidos por CN.
El método (ii) ofrece mayores ventajas cuando se
aplica sobre gravámenes indirectos, porque su base puede ser aproximada a partir de
cifras de gasto de CN y porque como generalmente estos impuestos consideran tasas
proporcionales, el paso de la base teórica a la recaudación teórica no conlleva mayores
problemas. Además, permite construir de una sola vez, estimaciones de evasión para
varios períodos, con lo cual se puede evaluar, sin mayores inconvenientes, cuál ha sido
la tendencia temporal de esta variable. En el caso de gravámenes directos, que constan
generalmente de tasas progresivas, la estimación con CN se torna menos ventajosa por la
cantidad de supuestos que se requiere aplicar para llegar a construir una aproximación
razonable de la recaudación teórica.
2.2 Aplicación del Método del Potencial Teórico
para el caso del IVA en Chile.
Las estimaciones de evasión del IVA de que dispone
actualmente el SII, se basan en la estimación de la base teórica del impuesto a partir
de CN. Se han aplicado dos tipos de estimación (Serra (1991)). El primero, calcula las
ventas y compras gravadas a nivel sectorial y luego agrega la información a nivel total.
El segundo, se basa en las cifras de gasto (consumo e inversión) de CN para determinar la
parte de éste que constituye base del IVA. En este caso, se calcula el gasto con IVA no
deducible, es decir, aquel gasto que involucra un pago de IVA pero que no genera
créditos.
Por razones de disponibilidad de información, la
serie de evasión de IVA ha sido construida siguiendo esta última forma de medición
basada en el gasto con IVA no deducible. Este gasto comprende el consumo final de bienes y
servicios gravados y la adquisición por parte de empresas de bienes y servicios
intermedios y de capital afectos destinados a la producción exenta.
El componente de consumo final gravado se calcula
descontando del consumo final de CN, el consumo en especies exentas, las donaciones
internacionales, las importaciones de bienes de consumo de Zona Franca, el consumo de
extranjeros no residentes, las propinas y el autoconsumo agrícola. A la cifra resultante
se agrega el consumo de chilenos en el exterior.
El componente de consumo intermedio gravado destinado
a producción exenta se determina descontando del consumo intermedio total, el consumo
intermedio exento y en seguida estimando cuánto de este resultado corresponde a consumo
intermedio gravado que tiene como destino la producción de especies exentas. La
inversión gravada destinada a producción exenta se calcula de manera análoga.
A la base imponible teórica así calculada debe
descontarse el IVA recaudado efectivamente ya que las cifras de CN lo incluyen.
Finalmente, la recaudación potencial se estima aplicando la tasa legal a la base
imponible teórica. Esta recaudación teórica se comprara con la recaudación efectiva
(IVA Tasa General más IVA Tasa Importaciones) resultando la diferencia el monto de
evasión. La recaudación efectiva no considera los remanentes de crédito de IVA ya que
las medidas de recaudación en las cifras de CN, excluyen tales remanentes
considerándolos tal como si éstos fueran reembolsados a los productores en el período
en que se originan.
En términos generales, las limitaciones del método
de medición se relacionan principalmente con la confiabilidad del sistema de CN como
fuente idónea para cuantificar la recaudación potencial. Esta limitación comprende al
menos tres aspectos. Primero, el valor agregado informal que no registra CN y el cual
generaría una subestimación del potencial de recaudación. Segundo, el uso de
antecedentes tributarios en la construcción de CN y las fuentes no tributarias por
ejemplo los balances o estados contables, que pueden estar "contaminadas" con
evasión, también podrían implicar una subestimación. Tercero, la precisión con que se
mide la variación de inventarios en ciertos sectores, lo cual podría subestimar o
sobreestimar la recaudación potencial del IVA, según sea el caso.
Con todo lo anterior se considera que el sistema de CN
ofrece un grado aceptable de confiabilidad en órdenes de magnitud de la evasión. Entre
otras razones por el hecho que su construcción obliga a conciliar una misma cifra con
datos provenientes de diferentes fuentes y diferentes agentes económicos. Lo anterior
puede conducir a subsanar los problemas descritos en el párrafo anterior.
Otro problema involucrado en la estimación de la
serie de evasión de IVA, se refiere a la disponibilidad de información actualizada y
definitiva de CN para los años más recientes. Ello obliga a aplicar algunos supuestos
para proyectar la información disponible en la matriz de insumo producto de 1986, la cual
se halla actualizada por CN sólo hasta 1988, tratándose de 1989 en adelante de cifras
"provisorias". Este aspecto cobra relevancia porque la tasa de evasión estimada
resulta bastante sensible a las revisiones de cifras que lleva a cabo el Banco Central.
2.3. Aplicación del Método de las Auditorías para
la Medición de la Evasión en el IVA.
La aplicación del método de las auditorías es
bastante menos complejo y costoso de lo que parece, y puede permitir estimaciones
confiables de evasión para los distintos impuestos y por distintas variables de
segmentación, tales como actividad económica, ubicación geográfica, etc. Desde el
punto de vistas de los recursos requeridos para la aplicación de este método, cabe
señalar que la auditoría para medir evasión no tiene por qué diferir de la auditoría
que normalmente efectúan los fiscalizadores, y lo único que cambia es el criterio de
selección de los contribuyentes a auditar, que en este caso debe se al azar. Tampoco se
requiere una muestra demasiado grande para obtener un buen grado de confiabilidad (la
muestra necesaria no es proporcional al tamaño del universo).
La aplicación de este método al caso del IVA
debería considerar la estimación por separado de las dos grandes formas de evasión de
este impuesto: subdeclaración de ventas y abultamiento de créditos.
Para medir la primera forma de evasión se debería
escoger una muestra de contribuyentes al azar, de entre todos los que venden al consumidor
final, para ser sometidos a una auditoría de Punto Fijo o medición del Inventario,
dependiendo del caso. Ambos métodos corresponden a formas de fiscalización en terreno,
utilizadas habitualmente por las administraciones tributarias. El método del punto fijo
consiste en que el fiscalizador se presenta ante el contribuyente y permanece varias horas
observando su cumplimiento tributario, para luego comparar el volumen de ventas generado
durante su permanencia en el local con el obtenido anteriormente en períodos similares.
Para que este método tenga éxito se requiere que la presencia del fiscalizador altere el
comportamiento del vendedor pero no del comprador. En este sentido, resulta más adecuado
para empresas que venden bienes de consumo, de precios no muy elevados y en donde las
negociaciones entre comprador y vendedor son poco frecuentes. En el método de la
medición del inventario, el fiscalizador realiza un conteo físico de las existencias de
cada producto, para luego comparar este resultado con la cantidad de existencias que se
desprende de los documentos contables. El monto de evasión corresponde a la diferencia
entre el inventario físico y el inventario contable multiplicada por el precio de venta
del producto respectivo. Este método es adecuado para empresas con pocos productos y de
venta no masiva.
Para medir la evasión por abultamiento de créditos
se debiera escoger una muestra al azar de contribuyentes de IVA, para ser sometidos a una
revisión exhaustiva de facturas, haciendo cruces de facturas con los proveedores, si es
necesario.
Obviamente, si se desea conocer la evasión por sector
económico, tamaño del contribuyente, ubicación geográfica u otra variable, la muestra
a considerar debe ser más grande. Sin embargo, se debe notar que una medición como la
antes descrita, basada en un número reducido de auditorías, permite conocer cuánto se
evade por subdeclaración de ventas y cuánto se evade por las distintas formas de
abultamiento de créditos (facturas falsas, compras personales a nombre de empresas, etc.)
estimación que el método del potencial teórico no proporciona y que es de suma
importancia para la administración tributaria.
2.4. Resultados de las estimaciones de Evasión.
i) Método del Potencial Tributario Legal:
A continuación se presenta la tasa de evasión
estimada para Chile, en el período 1985 a 1996, a partir de la metodología del potencial
tributario legal.

Fuente: Subdirección de Estudios del Servicio de
Impuestos Internos
Nota: 1 Monto de la Evasión como porcentaje de su recaudación
teórica neta.
Utilizando esta misma metodología se estima la
evasión según impuestos para 1995, la que se muestra en el cuadro siguiente:
Cuadro N° 13: Estimación de la evasión según
impuestos, Año 1995
Concepto |
Monto1 |
|
Tasa de Evasión2 |
|
(Mill $ ene 97) |
(Mill. US$ ene 97) |
(%) |
Impuesto a la Renta
Primera Categoría
Segunda Categoría
Global Complementario
Adicional
Tasa 40% D.L. 2398
Art. 21 L.I.R.
Impuesto al Valor Agregado
Tasa General + Importaciones
Tasa General
Tasa General Importaciones
Tasas Especiales
Impuestos a Prod. Específicos
Combustibles3
Tabacos
Impuestos a Actos Jurídicos
Impuesto Comercio Exterior
Impuestos Varios |
829.058
525.789
s/i
269.993
7.462
0
25.813
779.882
737.234
734.537
2.697
42.648
15.227
15.227
0
5.302
1.295
21.335 |
1.956
1.241
s/i
637
18
0
61
1.840
1.740
1.733
6
101
36
36
0
13
3
50 |
37,5
42,6
s/i
65,9
3,5
0,0
65,9
23,4
23,5
37,1
0,3
23,5
3,4
23,2
0,0
3,0
0,2
23,5 |
Total sobre Impuestos
Declarados |
1.652.098 |
3.898 |
24,5 |
Sistema de Pago
Devoluciones de IVA4 |
58.239 |
137 |
6,7 |
Total sobre Ingresos
Fiscales Netos |
1.710.337 |
4.036 |
26,0 |
Fuente: Elaborado por la Subdirección
de Estudios del SII.
Notas:
1: La metodología para calcular la evasión de un
impuesto se basa en la estimación de la recaudación teórica o potencial del mismo. Esta
recaudación se compara con el impuesto efectivamente pagado por los contribuyentes,
considerándose la diferencia entre ambos valores como el monto de evasión estimado.
2: Se mide como el porcentaje que representa el monto
evadido del impuesto sobre su recaudación teórica.
3: Considera la recaudación neta de devoluciones de
impuesto a los combustibles. Estas ascendieron en 1994 a un monto de MM$ 50.398 ($ de
enero de 1997).
4: Esta evasión corresponde a devoluciones
improcedentes del impuesto y la tasa de evasión se mide como el porcentaje que representa
dicho monto sobre las devoluciones teóricas.
s/i: Sin información
El contar con metodologías de estimación de
evasión ha permitido evaluar la evasión en Chile respecto a la que registran otros
países. En el cuadro siguiente se muestra un estudio comparativo entre diversos países.
Cuadro N° 14: Comparación de la Tasa de Evasión en
el IVA en Chile v/s otros países
TASA DE EVASION EN EL IVA
|
|
País
|
Tasa de
Evasión IVA Neto1 |
Nueva Zelandia
Suecia
Israel
Portugal
Sudáfrica
Canadá
|
5,1
5,4
7,8
14,0
14,6
23,0 |
Chile2
|
23,8 |
España
Uruguay
Argentina
Honduras
Colombia
Hungría
México
Ecuador
Filipinas
Bolivia
Guatemala
Perú
|
26,0
29,7
31,5
35,4
35,8
36,3
37,1
38,2
40,8
43,9
52,5
68,2 |
Fuente: "Medición del
Cumplimiento Tributario en el IVA y Análisis de sus determinantes", C. Silvani y J.
Brondolo, IMF-CIAT-1993.
Notas:
1: Monto de la evasión de IVA como porcentaje de su
recaudación teórica neta (IVA Tasa General más IVA Tasa Importaciones).
2: Cifra corresponde al año 1994.
3. Medición de la percepción de los contribuyentes
respecto de la A.T.
El SII utiliza las investigaciones de mercado y
opinión como una herramienta efectiva permanentemente, que contribuye a la generación de
estrategias y planes de acción que permiten un mejoramiento en los distintos ámbitos de
la gestión tributaria y el control de los resultados de las acciones aplicadas.
A continuación se presenta una serie de ejemplos
concretos, los más relevantes, de su aplicación en el SII en Chile.
3.1. Estudios de Imagen Institucional (1990-1992-1995)
Desde el inicio de la actual administración, el SII
ha realizado periódicamente un estudio de su imagen institucional.
El objetivo de dicho estudio es conocer la percepción
que tienen los distintos segmentos de los contribuyentes (empresas, comercio y
profesionales) en relación al Servicio propiamente tal y determinar su actitud referente
al tema de los impuestos en general.
Específicamente, permite medir el perfil
institucional del Servicio respecto de algunas entidades estatales y del sector privado, y
de sí mismo al dimensionar los desplazamientos de su imagen, en relación a atributos
como Profesionalismo, Honestidad, Nivel Tecnológico, Atención de Público y otros.
Respecto a la medición de actitudes de los
contribuyentes frente a los impuestos, el estudio indaga sobre aspectos de la estructura
tributaria, tales como Evasión, Sistemas de Fiscalización y otros.
Ejemplo de aplicación:
Problema:
Al asumir la actual Administración del SII, existían
una serie de interrogantes sin respuestas: ¿ existe aceptación o rechazo al pago de
impuestos ? ¿ qué hay que hacer para aumentar el cumplimiento tributario y por lo tanto
la recaudación ? ¿ cuál es la percepción respecto a la eficiencia de la fiscalización
ejercida por el SII ? ¿ se debería ejercer un control más estricto tendiente a
disminuir la evasión ? La lista de preguntas era bastante más grande y no era posible
obtener sus respuestas buscando al interior del SII; había que dirigirse directamente a
los propios usuarios, los contribuyentes, para conocer respecto de sus percepciones del
SII y de sus actitudes frente al tema de los impuestos en general. Así se decide que es
indispensable contar con un estudio de imagen institucional, el que se realiza por primera
vez en 1990.
Resultado Estudio de Imagen 1990:
Con absoluta sorpresa, en lo esencial el estudio
indicó que existía una alta calificación hacia el SII, que era positivo pagar impuestos
y que si se aumentaba la fiscalización o control se recaudaría más impuestos, y más
aún que debería existir un mayor control para que no existiera evasión, la cual se
consideraba un delito grave.
En otro ámbito, se detectó que no se conocía el
verdadero destino del dinero recaudado en impuestos. .
Estrategia, Acciones y Resultados:
Con esa información, el SII define como estrategia
prioritaria la lucha contra la evasión, la que empieza a tener un proceso de disminución
continua a partir de 1990, al mismo tiempo que se aumenta la recaudación tributaria.
Por otra parte, define basar su estrategia
comunicacional en dar a conocer el destino de la recaudación y las consecuencias sociales
que implica el no pago de impuestos.
3.2. Estudios de evaluación de Atención de
Contribuyentes:
El tema de la atención a los contribuyentes
constituye una de las preocupaciones centrales del Servicio, desarrollándose una serie de
acciones tendientes a mejorar sustancialmente la relación con los contribuyentes y por
ende su cumplimiento tributario.
Consecuentemente, a medida de la implementación de
nuevos procedimientos en los procesos de atención masiva de contribuyentes, el SII ha
realizado los estudios correspondientes con el fin de evaluar la percepción de sus
usuarios, lo que luego se convierte en una rutina de evaluación periódica.
Es así como en 1994 se inician estas evaluaciones en
Operación Renta y a partir de 1996 en el Ciclo de Vida del Contribuyente, los dos
procesos de mayor envergadura en atención de contribuyentes.
3.2.1 Evaluación de calidad de atención de
Operación Renta (1994-1996)
El objetivo general de este estudio es evaluar la
atención que reciben los contribuyentes que son citados al SII en el proceso de
declaración anual de Renta (Operación Renta).
En particular el estudio permite medir el nivel de
satisfacción con las distintas etapas de la atención (información recibida,
funcionarios, infraestructura, otros) y la percepción de cambio respecto del SII en
aquellos contribuyentes concurrentes en anteriores ocasiones.
Ejemplos de aplicación:
Problema:
El 8% a 10% de los contribuyentes son fiscalizados
anualmente en el proceso de declaración anual del impuesto a la renta. Supuestamente,
este segmento debía tener una opinión más negativa frente al SII, y aún más aquellos
contribuyentes que solicitaban devolución de impuestos.
Por otra parte, se habían implementado una serie de
modificaciones al proceso de Operación renta y era necesario conocer la evaluación de
los propios afectados.
Resultado Evaluación Operación Renta 1994:
La respuesta de los contribuyentes fue bastante
alentadora. La principal razón de satisfacción de los contribuyentes con la atención
era la "satisfacción con los funcionarios", que mostraban una alta
calificación. Respecto a la información para efectuar la declaración de renta, el
Suplemento Tributario que edita el SII, para apoyar a los contribuyentes con la
información técnica necesaria para la preparación de la declaración, también era bien
evaluado.
Las mayores debilidades se presentaban en la
satisfacción con el proceso respecto a la igualdad de trato, la espera y fuertemente con
la fecha de citación para concurrir al SII.
Estrategias, Acciones y Resultados:
Se investigó más exhaustivamente respecto a la
percepción de igualdad/desigualdad en el trato, implementándose una serie de
procedimientos tendientes a aumentar la percepción de transparencia: números de
atención en oficinas y clara aleatoriedad respecto al fiscalizador que atendía las
citaciones, entre otros.
En relación a la espera se definió separar la
atención de los citados por observaciones complejas, como inversiones, de manera de
agilizar la atención general.
Por último, se actuó sobre el plazo de citación
para mejorarlo, privilegiando aún más la atención temprana de los contribuyentes
observados con devolución.
En 1996, se reevaluó la operación renta
apreciándose en forma comparativa el efecto de las acciones efectuadas: la igualdad en el
trato pasa a ser un atributo de alta satisfacción y tanto la satisfacción con la espera
como la fecha de citación aumenta considerablemente.
Actualmente el objetivo es lograr una satisfacción
general con la atención superior al 65% (% evaluación notas 6 y 7).
3.2.2 Evaluación Calidad de Atención Ciclo de Vida
del Contribuyente (1996)
El objetivo de esta investigación es evaluar la
atención que reciben los contribuyentes tanto en los trámites de Obtención de RUT e
Inicio de Actividades (RIAC), como en Timbraje de Documentos.
Al igual que en el estudio de Evaluación de
Operación Renta, se trata aquí de determinar el grado de satisfacción de los
contribuyentes con las distintas etapas de atención, como por ejemplo el tiempo de
espera, la percepción de cambio del Servicio y evaluar el éxito o fracaso de la
gestión.
Es importante destacar que se miden en forma idéntica
todos aquellos atributos que son susceptibles de comparar en los distintos estándares al
interior del Servicio, por ejemplo en todo lo que se refiere a evaluación de los
funcionarios.
Ejemplo de aplicación:
Problema:
Como todo nuevo procedimiento, que innovaba en una
serie de aspectos esenciales, la implementación del proyecto Ciclo de Vida del
Contribuyente no estuvo exenta de problemas. Luego, era de vital importancia evaluar la
percepción de los contribuyentes una vez que había culminado su implementación y estaba
en operación en todo el país.
Resultado Evaluación Ciclo de Vida del Contribuyente:
La evaluación global que los contribuyentes hacen de
la atención recibida es buena ya que el 66% declara sentirse muy satisfecho con el
Servicio y sólo el 10% presenta clara insatisfacción.
Al igual que en materia de atributos, el grado de
satisfacción es distinto dependiendo de la oficina evaluada y el porcentaje de
contribuyentes satisfechos varía también según el tipo de trámite realizado (más alto
en timbraje) y el tipo de contribuyente (mayor en personas naturales).
Una de las conclusiones importantes del estudio, que
se refiere a que en términos generales los contribuyentes se manifiestan muy satisfechos
con las distintas etapas de atención, superando la meta de 65% de satisfacción en la
mayoría de las etapas, destacándose que al igual que en la Operación Renta, los
funcionarios reciben una alta calificación.
Sin embargo, la mayor insatisfacción dice relación
con el tiempo tanto de espera como el tiempo total del trámite.
Estrategias y Acciones:
De lo anterior se deduce que para mejorar el nivel de
satisfacción general del contribuyente frente al Servicio, hay que trabajar por reducir
el tiempo que este tiene que esperar hasta ser atendido.
En lo que se considera una verdadera innovación en la
forma de abordar la gestión pública, especialmente en lo relativo a la atención de la
ciudadanía, el SII se encuentra actualmente aplicando un proyecto que garantiza a los
contribuyentes un tiempo máximo de espera de 30 minutos antes de se atendidos en los
trámites que con mayor frecuencia se efectúan ante el SII (Ciclo de Vida del
Contribuyente), asegurándole al mismo tiempo la conclusión del referido trámite en
sólo una visita a las oficinas de la institución.
En caso de no cumplir con este plazo, el SII recibirá
y procesará los antecedentes remitiendo el trámite terminado al domicilio del
interesado.
El proyecto Tiempo Máximo de Espera cumple así con
el gran objetivo de dar una atención rápida y expedita a los contribuyentes,
especialmente a aquellos que tienen un buen comportamiento tributario, pero sin descuidar
la necesaria rigurosidad en la fiscalización del pago de los impuestos, que es la misión
que la ley entrega al SII.
BIBLIOGRAFIA:
- Evaluación de la capacidad recaudatoria del Sistema Tributario y de la
Evasión Tributaria, Michel Jorrat, Servicio de Impuestos Internos, Documento preparado
para la Conferencia Técnica del CIAT, Viterbo, Italia, Octubre 1996.
- El diseño y aplicación de encuestas de opinión como
retroalimentación para orientar la acción de la Administración Tributaria, Servicio de
Impuestos Internos, 31º Asamblea General del CIAT, 12 al 16 de Mayo de 1997, Buenos
Aires, Argentina.
- Memoria Anual del Servicio de Impuestos Internos, 1994.
- Plan Estratégico del Servicio de Impuestos Internos, versión R1,
Noviembre de 1997.
- La evasión tributaria en Chile: Estrategias para combatirla, necesidad
de recursos para el SII e impacto en la recaudación, Juan Toro Rivera, Documento
presentado al Simposio de Reforma Tributaria: Una propuesta para el tercer milenio,
Noviembre de 1997.
- Estimación de la evasión en el IVA: 1980 - 1993, Juan Toro, Jorge
Trujillo, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Serie Política Fiscal
76, Proyecto Regional de Política Fiscal CEPAL/PNUD.
- Sistemas de Información y Aplicaciones de Apoyo a la Función de
Fiscalización, Enrique Fanta, Servicio de Impuestos Internos, Conferencia Técnica del
CIAT, Venecia, Italia, Noviembre de 1993.
- Sistema Simplificado de Sanciones, Rigoberto Bahamonde y André
Magnere, Memoria para optar al título de Ingeniero Civil Industrial, Universidad de
Chile, 1995.
- Textos Legales, Servicio de Impuestos Internos, 1996.
ANEXOS
ANEXO N° 1: PRINCIPALES ESTRATEGIAS DE
FISCALIZACION DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
A continuación se definen las estrategias de
fiscalización: Auditorías, Presencia Fiscalizadora, Solicitudes de Devoluciones
artículo 27 bis, IVA Exportadores, Devoluciones Anticipadas, Cambios de Sujeto,
Operación Renta y Fiscalización de Inversiones. Para cada una de las actividades
mencionadas se detallan los objetivos que se persiguen, una descripción general de la
actividad y el procedimiento que se debe seguir para llevarla a cabo.
1.- AUDITORIAS
a) Objetivo:
- Conocer la situación del contribuyente frente a las leyes
tributarias, verificando que sus libros sean expresión fidedigna de sus operaciones, para
llegar a determinar su obligación frente a ellas.
- Determinar si el contribuyente cumple voluntariamente con sus
obligaciones, si no lo hace detectarlo rápidamente y determinar correctamente sus bases
imponibles y en definitiva, efectuar la correcta determinación de los tributos con los
consecuentes recargos.
- Que la auditoría y detección oportuna, permitan identificar
aquellos contribuyentes que sean reacios al cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
b) Descripción
Las auditorías constituyen un plan permanente
de fiscalización que se alimenta de programas tanto a Nivel Nacional como Regional. La
planificación de los programas se efectúa 1 vez al año, iniciándose con una propuesta
que deben entregar los Jefes de Departamento Regional a fin de año a la Subdirección de
Fiscalización, la cual incluye los programas que se efectuarán el año siguiente. Por su
parte, a principios de año la Subdirección de Fiscalización envía a las Direcciones
Regionales la programación definitiva. Sin embargo, la planificación aprobada puede ser
modificada durante el transcurso del año, en caso de que algunos programas no estén
dando buenos rendimientos, o bien sea conveniente priorizar o ampliar otros programas,
siendo responsabilidad del Jefe de Departamento Regional controlar el avance de éstos;
sin perjuicio de los avances mensuales que se envían a la Dirección Nacional.
Por otra parte, se enfatiza que todos los casos
deben estar incluidos dentro de algún programa, ya sea que estuviese contemplado desde el
inicio o bien que se incorporó durante el transcurso de la realización de algún
programa. Esta última situación, sólo puede ocurrir bajo la visación del Jefe de
Departamento o quien éste delegue, debiendo seguir el mismo procedimiento que cualquier
otra auditoría, tal como se establece en el punto c.3.
c) Procedimiento
c.1) Procedimiento General de Auditoría
El siguiente procedimiento debe regirse de
acuerdo a las disposiciones administrativas correspondientes (Oficio Circular N° 488 de
1997), en que se establecen las Hojas de Trabajo, Hoja de Control de Auditoría,
Notificaciones y Otros Documentos que se deben utilizar.
- En primera instancia se debe notificar al contribuyente
considerando los plazos establecidos que se establecen en la Ley 18.320 de 1984,
considerando las modificaciones relacionadas con el D.L 825, del IVA, por el artículo 5°
de la Ley N° 19.506, donde se amplía el plazo de examen y verificación del IVA de sólo
12 meses, a 24 meses. Además, el plazo fatal para citar, liquidar o girar a contribuyente
notificado, sube de 3 meses a 6 meses.
Vencido el plazo dado al contribuyente para
presentar los antecedentes solicitados y habiendo cumplido se debe levantar una Acta de
Recepción Total o Parcial de la documentación recibida dependiendo de la situación. Si
no cumple, se debe notificar por segunda vez, si no da respuesta a la segunda
notificación, bajo apercibimiento de apremio y el funcionario debe proceder a bloquear en
el Sistema al contribuyente y sancionarlo conforme al artículo 97 N° 6 del Código
Tributario.
- Efectuada la auditoría a la documentación Contable -
Tributaria (Libros, Declaraciones de Impuestos, Documentación de Respaldo, etc.) se puede
determinar el siguiente resultado:
a) No hay diferencias de Impuestos.
En esta situación, el caso concluye con la
devolución de la documentación al contribuyente mediante Acta de Entrega de Documentos y
la emisión del Informe respectivo.
b) Hay diferencias de Impuestos.
En esta situación se debe efectuar los
siguientes pasos dependiendo de las situaciones detectadas:
Contribuyente es Declarante:
- No hay Controversias respecto de las diferencias de impuestos
determinadas, por lo tanto, el contribuyente presenta las declaraciones rectificatorias
correspondientes para subsanar los errores u omisiones.
- Hay Controversias En este caso se debe practicar la citación
conforme al artículo 63 del Código Tributario, pudiendo en este caso ocurrir los
siguientes hechos:
- Si el contribuyente no da respuesta a la
citación se debe practicar Tasación y/o Liquidación (Art. 64 del C.T.). La Liquidación
debe notificarse a más tardar dentro de los tres meses siguientes de vencido el plazo que
tiene el contribuyente para dar respuesta a la citación.
- Si el contribuyente solicitó prórroga para
dar respuesta a la citación, el plazo para notificar la liquidación aumenta en los días
de prorroga que se le concedan al contribuyente, adicional a los tres meses.
- Si dio respuesta se debe efectuar un estudio
de ésta, más los antecedentes aportados por el contribuyente:
- Si aclara las situaciones citadas se debe
hacer Acta de Conciliación, la que puede ser Acta Total, es decir, justifica todas las
partidas y el proceso termina con esta actuación, o Acta Parcial en que se justifica en
parte, debiendo en este caso efectuar liquidación de acuerdo al artículo 64 del Código
Tributario por las partidas no justificadas.
- Si no aclara las situaciones se debe
practicar Tasación y/o Liquidación (Art. 64 del C.T.), dejando establecido en el
antecedente de la liquidación que se agotaron todas las instancias para requerir
antecedentes por parte del contribuyente (1era. Notificación, 2da. Notificación,
Notificación de entrabamiento y/o apremio). La liquidación debe efectuarse dentro de los
plazos estipulados.
Contribuyente es no Declarante: En primer lugar
se debe determinar si los documentos se encuentran o no contabilizados, aquí se analizan
cada una de las situaciones:
1.- Si están contabilizados y es impuesto de recargo,
retención o traslación, se procede a girar de acuerdo al artículo 24 del Código
Tributario inciso final. Esta facultad se ha extendido respecto de las cantidades
devueltas o impugnadas a contribuyentes que el Servicio haya denunciado por delitos
tributarios o en contra de los cuales se haya interpuesto acción penal por delito
tributario o en contra de los cuales se haya querellado por la misma causa, como ocurre en
los casos contemplados en el N° 4 del artículo 97°, del Código Tributario, también
para los impuestos adeudados por contribuyentes que hayan sido declarados en quiebra. Debe
tenerse presente que en las dos ultimas situaciones, no se exige el requisito de estar
contabilizadas las sumas o los impuestos que pueden girarse.
2.- Si es IVA no contabilizado, y/o Renta, se
debe Citar y Liquidar según artículo 22 del Código Tributario.
Se debe considerar de vital importancia en este
proceso la oportunidad en que se efectúen cada una de las actuaciones del Servicio
(Citación, Liquidación, Giros, etc.), esto debido a las limitaciones que impone la Ley
(Prescripción), además, ya que esto hace más efectiva la labor fiscalizadora.
c.2) Procedimiento de Auditoría a
Contribuyentes Irregulares
La auditoría comienza con la revisión de los
antecedentes al igual que en el punto c.1. Si en la auditoría que se practique a los
antecedentes contables de un contribuyente, se encontraren irregularidades susceptibles de
ser sancionadas con pena corporal, conforme a lo dispuesto en los números 4 ó 5 del
artículo 97 N°4 del Código Tributario se debe proceder de la siguiente manera:
Los documentos se retendrán levantándose el
acta correspondiente, posteriormente se debe hacer por parte del funcionario revisor un
Informe fundado, el cual debe ser analizado y visado por el Jefe Directo (Jefe de Grupo
y/o Jefe de Unidad), y dirigido al Jefe Departamento de Fiscalización, en el informe se
especificarán las irregularidades encontradas, en especial las referidas en el artículo
23° N° 5 del D.L. N° 825, de 1974, acompañándose los antecedentes que acrediten o
prueben tal situación.
Recibidos los antecedentes, el Jefe de
Departamento de Fiscalización verificará que la investigación se encuentre completa y,
en tal caso, remitirá los documentos al Jefe de Oficina Jurídica, acompañados de un
informe sobre el particular. En caso contrario, devolverá los antecedentes al funcionario
que suscribió el informe, disponiendo que la investigación preliminar se complete en el
más breve plazo, indicando expresamente las diligencias que deberán evacuarse a tal
objeto.
El Jefe de la Oficina Jurídica, a su vez,
analizará y emitirá un informe legal en el que deberá pronunciarse especialmente sobre
las irregularidades detectadas y la suficiencia y mérito de los antecedentes probatorios
acompañados, indicando si, en su concepto, éstas constituyen infracciones a las leyes
tributarias sancionadas por el Código Tributario.
Formado el expediente, con todos los
antecedentes del caso y la documentación sustentatoria, con las recomendaciones del Jefe
de Fiscalización y del Jefe de la Oficina Jurídica Regional, el Director Regional,
decidirá el curso de acción a seguir:
a) Si decide que sólo procedería el cobro
civil de los impuestos determinados, devuelve los antecedentes al Jefe de Departamento,
para que se efectúe el cobro correspondiente, en el que se debe necesariamente,
considerarlas disposiciones de la Ley N° 18.320 y sus modificaciones;
b) Si por la gravedad de las irregularidades
concluye que los antecedentes deben ser conocidos por el Director, a efectos de que se
analice la interposición de una querella, se comunicará, sin remitir antecedentes y por
la vía más expedita, con el Jefe del Departamento de Investigación de Delitos
Tributarios, para los efectos de que este departamento efectúe una evaluación preliminar
del caso, este último será el encargado de comunicar al Director Regional la decisión
adoptada por el Director respecto de ese hecho; si la decisión es Querella, el
funcionario revisor una vez que el Departamento de Delitos Tributarios informe este hecho
a la Dirección Regional, debe efectuar la Citación Obligatoria. Vencido el plazo de
ésta, se realizan la Tasación y/o la Liquidación según artículo 65 del Código
Tributario, sin aplicación de la Sanción Pecuniaria del 97 N° 4 del Código Tributario.
- Si se estima que estos antecedentes, además del cobro civil de
los impuestos, ameritan perseguir la aplicación de sanciones pecuniarias establecidas en
el Código Tributario, todos los antecedentes serán remitidos al Jefe de la Oficina
Jurídica, a objeto se disponga la confección del acta de denuncia correspondiente, una
vez confeccionada el acta, debe remitirse ésta con todos los antecedentes al Jefe de
Departamento de Fiscalización, a objeto que se inicie por el funcionario la Citación
Obligatoria, para posteriormente efectuar la Tasación y la Liquidación según artículo
65 del Código Tributario y notificación de la Sanción Pecuniaria del 97 N° 4 del
Código Tributario.
La Circular N° 59 del 17 de octubre de 1996,
Circular N° 78 del 23.12.97 y Oficio Circular N°2 de enero 1998, donde se establece el
procedimiento que deberá seguirse en los casos que se detecten irregularidades
susceptibles de ser sancionadas con penal corporal.
c.3) Procedimiento de Auditoría por Caso
Conexo
Cuando el fiscalizador detecta una situación
susceptible de ser fiscalizada, durante la ejecución de un caso (caso conexo), debe
comunicárselo al Jefe de Grupo de Fiscalización para que revise los antecedentes y
determine si procede o no iniciar un nuevo caso de auditoría. Si el Jefe de Grupo
determina que procede seguir el caso, se lo entrega al Jefe de Departamento para que le de
el visto bueno y lo asigne al grupo que corresponda. A posteriori, el Jefe de Grupo que
corresponda asigna el caso a algún fiscalizador y se sigue el procedimiento descrito en
la letra c.1.
2.- PRESENCIA FISCALIZADORA
a) Objetivo
- Verificar en terreno el cumplimiento tributario de los
contribuyentes.
- Prevenir aquellos actos o prácticas que buscan burlar las
disposiciones legales.
b) Descripción:
Consiste en una actividad permanente
planificada y controlada por el Departamento de Fiscalización, donde deben participar
todos los estamentos de la organización: como por ejemplo, Directivos, Fiscalizadores,
Técnicos Fiscalizadores, Administrativos y Auxiliares, involucrando necesariamente a
todos los Departamentos y Unidades de la Dirección Regional.
c) Procedimiento
La Presencia Fiscalizadora, comprende la
realización de diversas actividades, entre las que se encuentran: Control del comercio
establecido, Puntos Fijos, Controles Carreteros, Controles Móviles y Empadronamientos
Sectoriales, Toma de Inventarios entre otros (es de vital importancia que sea efectuada -
al menos - por dos personas).
A continuación se presenta una somera
descripción de cada uno de ellas:
- Controles Carreteros : Cada Dirección Regional que cuente con
la posibilidad de un lugar habilitado para estos efectos, deberá implementar este tipo de
Presencia Fiscalizadora, la cual en algunos casos es de carácter permanente y en otros de
carácter temporal, dependiendo de las necesidades de control y las posibilidades que
existan para ello. Los funcionarios, con la colaboración de Carabineros, fiscalizarán el
paso de todo vehículo de carga o destinado al transporte de carga que transite por dicho
lugar. Entre otras verificaciones, se debe controlar que los vehículos que transporten
carga cuenten con su documentación correspondiente y que la mercaderías o productos que
transportan correspondan a las indicadas en la Factura o Guía de Despacho. En caso que el
vehículo no cuente con la documentación legal pertinente debe ser devuelto a su lugar de
origen no permitiéndose que continúe su traslado. En el evento que, producto del chequeo
computacional que se efectúe a los triplicados Control Tributario retirados, se detecten
anomalías o por el monto de la operaciones que den cuenta éstos sea significativo,
deberán remitirse a la Dirección Regional del emisor, para su verificación.
Es recomendable para cada una de las
actividades descritas precedentemente, que al menos una vez al mes un Coordinador de
Fiscalización o el Jefe de Departamento participe en estas labores, de manera de orientar
las tareas en terreno.
3.- CAMBIO DE SUJETO
a) Objetivo:
- Cautelar el interés fiscal, minimizando la evasión del pago
del impuesto al Valor Agregado, permitiendo de este modo que exista una competencia más
leal entre los distintos agentes del sector donde el cambio de sujeto es instaurado.
- Lograr con estos cambios que en las actividades económicas
sobre las cuales recaen los cambios de sujeto, que son preferentemente, los sectores
primarios de la producción (el sector silvoagropecuario, pesca, etc.) y el comercio de la
chatarra en el Sector Industrial, se logre reducir la evasión.
- Que aquellos contribuyentes que realizan ventas y que no poseen
documentos, ya sea facturas o guías de despacho, o que por efecto de la fiscalización
del Servicio de Impuestos Internos se encuentren figurando en nóminas de contribuyentes
cuestionados o bloqueados por considerárseles como de difícil fiscalización, se les
proceda a retener el impuesto.
b) Descripción
El cambio de sujeto de derecho del IVA, se
establece por medio de una Resolución que emite el Director del Servicio y, consiste
básicamente en trasladar al "Comprador" o "Adquirente", la
obligación de retener y enterar en arcas fiscales, el total o una parte del IVA débito
fiscal que genera el contribuyente vendedor de las especies. En términos generales el
comprador emite una "factura de compra" y recarga en ellos separadamente el
porcentaje del IVA a retener y el porcentaje que deberá declarar y pagar el vendedor como
débito fiscal, el porcentaje no retenido debe cubrir los créditos fiscales que posea el
contribuyente. En caso que el cambio de sujeto sea total, se retiene toda la tasa del IVA
y no se le entrega nada al vendedor.
Se utiliza este mecanismo para sectores que son
de difícil fiscalización, por lo tanto, para aplicar este sistema se debe tener
garantía que el retenedor tiene un buen comportamiento tributario, por lo que el Servicio
de Impuestos Internos exige una serie de requisitos para ser considerado retenedor.
En aquellos casos que se detecten vendedores o
prestadores de servicios que no son ubicados y que presenten irregularidades tributarias y
hayan sido bloqueados, se debe comunicar a la Oficina de Fiscalización sectorial a objeto
de que se incluyan en la nómina de difícil Fiscalización.
Existen dos tipos de Cambio de Sujeto :
Para la aplicación de este sistema se dictan
Resoluciones, las cuales permiten a los contribuyentes involucrados conocer la normativa
vigente y aplicar correctamente las disposiciones legales. Además, se dictan Circulares
las que detallan todo el procedimiento, las cuales permiten a los funcionarios desarrollar
en forma eficiente el proceso de fiscalización.
A continuación se indican las resoluciones y
circulares que rigen cada uno de los cambios de sujeto y otros antecedentes relevantes:
Cuadro N° 15: Resoluciones y Circulares de
Cambio de Sujeto de derecho del IVA
4.- IVA EXPORTADORES
- Objetivo
El objetivo principal de la fiscalización del
IVA Exportadores es resguardar el interés fiscal en la devolución del IVA que solicitan.
Como objetivos específicos se puede mencionar:
1) Verificar que el crédito del exportador que
da lugar a la devolución se encuentre, en la cadena del IVA, debidamente enterado en
arcas fiscales.
Perjuicio fiscal: Devolver impuesto no
enterado.
2) Verificar que las operaciones que sustentan
dicho crédito se hayan materializado efectivamente.
Perjuicio fiscal: Disminución de base
imponible de renta a través de disminución de utilidades.
3) Verificar que las operaciones que sustentan dicho crédito constituyan hecho gravado.
Perjuicio fiscal: Anticipo de devoluciones.
4) Verificar que las exportaciones se encuentren efectiva y oportunamente materializadas.
Perjuicio fiscal: Incremento del porcentaje del
valor de las exportaciones con respecto a las ventas totales lo que redunda en un mayor
monto de devolución de crédito fiscal.
5) Verificar que el mecanismo de devolución se
ajuste a las formalidades del D.S. 348, en cuanto a los plazos para acceder al beneficio,
Perjuicio fiscal: Acceso a devoluciones
extemporáneas.
Un objetivo secundario, pero no menos
importante de la fiscalización del IVA Exportador es emitir señales al sector exportador
sobre la presencia fiscalizadora del Servicio.
Se debe verificar con una frecuencia de al
menos 1 vez por año a cada exportador que solicita devolución.
b) Descripción
Este proceso se lleva en forma descentralizada
a nivel de cada Dirección Regional, a excepción de la Región Metropolitana, la cual se
lleva centralizadamente en la Dirección Nacional.
En general, la Devolución de IVA Exportadores
consiste en que los exportadores al comprar insumos, generan un crédito por el IVA pagado
a los proveedores. Por otra parte, ellos exportan sus productos los cuales no están
sujetos a IVA, por lo tanto no tienen débito que compense tales créditos; razón por la
cual solicitan la devolución del crédito del IVA.
c) Procedimiento
En términos generales, el procedimiento se
inicia cuando el exportador presenta la solicitud de devolución al Servicio de
Tesorerías. Recibida por la Tesorería, ésta envía diariamente al SII la nómina de
quienes solicitan devolución y el monto, el cual al cabo de 48 horas debe informar a la
Tesorería si procede devolver o retener lo solicitado.
Si se decide retener la devolución solicitada
(el IVA), la persona pasa a Fiscalización Especial Previa (FEP), debiendo el SII
notificar al contribuyente dentro de los 5 días hábiles siguientes de presentada la
solicitud. El Servicio tiene 15 días hábiles, a partir de la fecha en que el
contribuyente presenta los antecedentes solicitados, para decidir si corresponde (o no),
devolución total, (o) devolución parcial o no procede devolución. En caso de que no se
informe nada dentro de ese plazo a Tesorería, se entiende que debe proceder a girar el
cheque al interesado.
Si se decide retener, ya sea total o
parcialmente la devolución, el Servicio deberá dentro de los 25 días hábiles
siguientes llevar a cabo alguna acción ya sea de carácter administrativo o judicial
respecto del caso, la cual debe comunicar a Tesorería. En su defecto, cumplido el plazo,
la Tesorería emite el cheque al contribuyente.
En algunas situaciones, cuando se trata por
ejemplo de simples diferencias que no representan un monto importante de la devolución al
cabo de las 48 horas iniciales se decide enviar el caso directamente a auditoría sin
pasar por FEP, de esta manera se evita ocasionar un perjuicio al contribuyente al retener
la devolución solicitada y se resguarda el interés fiscal.
Los criterios para decidir si se revisan o no
las solicitudes de devoluciones presentadas dependen de cada regional, sin embargo en
términos generales se debería considerar: tiempo sin revisar (8 a 9 meses máximo),
exportador nuevo, es decir, que solicita devolución por primera vez, monto incrementado
con respecto al promedio solicitado en el último tiempo, entre otros.
El procedimiento que se debe seguir para la
aplicación de la Devolución de IVA Exportadores está normado en el D.S. 348 de 1975
Circular N° 23 del 06/05/85 y Circular Interna N° 10 del 08/06/94
5.-DEVOLUCION ANTICIPADA
a) Objetivo
El principal objetivo de la fiscalización es
resguardar el interés fiscal, de manera de evitar que solicitudes improcedentes,
extemporáneas o superiores a las que realmente correspondan sean devueltas o queden
prescritas.
b) Descripción
El IVA Anticipado es un mecanismo de fomento de
las exportaciones que permite a los contribuyentes que no son exportadores, pero que
desarrollan un proyecto de inversión con estos fines, acceder a la devolución de los
créditos IVA, tal como lo señala el D.S. N° 348 de 1975 del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción.
El impuesto a recuperar son los contenidos en
el Título II o del artículo 42 del Título III, según corresponda, del Decreto Ley N°
825 de 1974.
c) Procedimiento
El contribuyente debe presentar en el
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción un proyecto de inversión destinado a
la exportación. Después de realizar el análisis de los antecedentes, dicho Ministerio
emite una Resolución en la que se especifica:
A partir de la fecha establecida en la
Resolución y dentro del mes siguiente de soportados los impuestos, el contribuyente puede
comenzar a solicitar la devolución de los créditos IVA. Sin embargo, y a diferencia de
los exportadores del artículo 1°, los contribuyentes acogidos al mecanismo de
recuperación de IVA Anticipado no podrán pedir devolución sobre los remanentes, sino
que solamente sobre los créditos incurridos en el período.
El contribuyente debe adjuntar en la Tesorería
la misma información requerida para los exportadores del artículo 1° con las siguientes
salvedades:
El monto total a recuperar por el contribuyente
acogido al IVA Anticipado no puede sobrepasar el 18% de la inversión establecida en la
Resolución del Ministerio de Economía.
Los contribuyentes del Art. 6º que además
decidan realizar ventas internas deben solicitar autorización, a la Dirección Regional
que corresponda, para llevar registros separados de todas las operaciones tanto por las
compras como de otros costos y gastos generales.
El contribuyente puede solicitar al Ministerio
de Economía, Fomento y Reconstrucción, en forma documentada y al menos con 30 días de
anticipación a su vencimiento, prórroga del plazo fijado para cumplir con sus
exportaciones. La Resolución del Ministerio debe extenderse a lo menos con 15 días de
antelación al vencimiento de dicho plazo.
Fiscalización del IVA Anticipado
La fiscalización de los contribuyentes
acogidos al IVA Anticipado se lleva a cabo tanto en la Oficina de Fiscalización de
Comercio Exterior como en las Direcciones Regionales del Servicio de impuestos Internos.
La Oficina de Fiscalización de Comercio
Exterior es la responsable de diseñar y controlar los planes de fiscalización que se
generen para este sector, sin perjuicio de los casos que puedan seleccionar directamente
las propias Direcciones Regionales, en atención a sus atribuciones.
Las Direcciones Regionales y Unidades del
Servicio donde se fiscalice la devolución de IVA Exportadores son las responsables de
implementar dichos planes y de verificar en forma sistemática la consistencia de los
créditos fiscales que sustentan las devoluciones.
Existen 2 instancias complementarias de
fiscalización:
a. Las revisiones asociadas a los créditos
IVA.
Consiste en chequeos sobre la consistencia del
crédito fiscal sobre el cual se solicita la devolución.
Se aplica en las Unidades operativas a los
contribuyentes que solicitan devolución de IVA, en forma independiente de si se trata de
exportadores o bien de contribuyentes que se encuentren acogidos al mecanismo de
devolución de IVA Anticipado.
b. Las revisiones asociadas al Cumplimiento del
compromiso de exportación.
Esta revisión se trata con mayor profundidad
en el punto siguiente.
Fiscalización del IVA Anticipado en las
Direcciones Regionales
Las Direcciones Regionales deben fiscalizar en
terreno a los contribuyentes acogidos a esta franquicia tributaria, a petición de la
Oficina de Fiscalización de Comercio Exterior, de acuerdo a la jurisdicción que
corresponda al domicilio del contribuyente.
Las Regionales y Unidades del Servicio de
Impuestos Internos deben notificar al exportador, de acuerdo al inciso 7º del artículo
6° del D.S. 348 de 1975, en el transcurso del mes siguiente de vencido el plazo fijado en
la Resolución, a objeto de que acredite con las Declaraciones de Exportación respectivas
que se ha cumplido con el compromiso de exportación adquirido.
Estas verificaciones se efectuarán en los
siguientes términos:
- Cumplimiento compromiso de exportación
Se debe verificar si el contribuyente ha
exportado durante el período que establece la Resolución los montos comprometidos.
- Consistencia de los créditos
Se debe verificar la consistencia de los
créditos que dieron origen a las devoluciones, poniendo énfasis en la materialización
de las operaciones, en el cumplimiento tributario de los principales proveedores, en el
timbraje de los documentos.
- Materialización de inversiones
Se debe verificar si las inversiones efectuadas
corresponden a lo contemplado en el proyecto aprobado por el Ministerio de Economía en su
Resolución.
El resultado de la auditoría
Las Direcciones Regionales deben informar el
resultado de la fiscalización al Servicio de Tesorerías, Sección Egresos, (Circular
Postal Nº 19, de 1985, de la Tesorería General de la República), con copia a la Oficina
de Fiscalización de Comercio Exterior, como asimismo, al Ministerio de Economía, Fomento
y Reconstrucción.
Lo anterior, debe ponerse en práctica por
cuanto el Servicio de Tesorerías debe remitir al contribuyente las letras en Garantía
dejadas en custodia por cada devolución obtenida (Circular Postal N° 19, de 1985, de ese
organismo); la Oficina de Fiscalización de Comercio Exterior requiere dicha información
para la actualización de su sistema de información y finalmente, el Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción requiere la información para dictar una resolución
de cumplimiento de compromiso de exportación adquirido.
Si como resultado de la auditoría se
determinaren devoluciones improcedentes, el contribuyente deberá restituir las cantidades
indebidamente percibidas, aplicándose para tales efectos las disposiciones contenidas en
el Art. 8º del D.S. N° 348, de 1975.
Si se detectasen irregularidades susceptibles
de ser sancionadas con pena corporal, se entrará al plazo extraordinario contemplado en
el inciso segundo del Art. 200º del Código Tributario.
Si el contribuyente no ha dado cumplimiento a
las exportaciones comprometidas, deberá reintegrar las sumas reembolsadas de acuerdo con
lo establecido en el penúltimo inciso del Art. 6º D.S. N° 348.
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