Reajustes y exenciones de impuesto territorial

Los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas y los montos exentos, vigentes al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año, se reajustarán semestralmente a contar del 1 de enero y 1 de julio, respectivamente, en el mismo porcentaje que experimente la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), calculado por el Instituto Nacional de Estadísticas, en el semestre inmediatamente anterior a aquel en que deban regir los avalúos reajustados. Para el primer semestre del año 2024 los valores se reajustan aplicando el factor de 1,018 respecto de semestre anterior.


EXENCIONES

Serie Destino Monto Exento ($ al 01.01.2024)
Agrícola Agrícola propiamente tal $ 45.138.468
Casa patronal $ 12.464.545
No Agrícola Pleno Derecho $ 246.304
Habitacional $ 55.514.644

MONTO CAMBIO DE TASA BIENES RAÍCES HABITACIONALES

$ 198.266.555 (en $ del 01.01.2024) para avalúos menores o iguales de este monto la tasa de impuesto es 0,893% y para la parte que exceda este valor es de 1,042%.