¿Cómo se hace para...?
SOLICITAR AUTORIZACION DE DESTRUCCION DE DUPLICADOS DE FACTURAS, ORIGINALES DE BOLETAS Y OTROS DOCUMENTOS

Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.


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1.   Descripción del trámite paso a paso
2.   ¿A qué se refiere este trámite?
3.   ¿Quiénes deben realizar este trámite?
4.   ¿Cuándo se hace este trámite?
5.   ¿Dónde se hace este trámite?
6.   Requisitos para efectuar el trámite
7.   Observaciones
8.   Normativa relacionada al trámite
9.   Preguntas frecuentes del trámite
10. Formularios relacionados al trámite

 

2. ¿A qué se refiere este trámite?

Los contribuyentes que por dificultades de orden material estén impedidos para cumplir con la obligación de conservar durante seis años los originales de las boletas y duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito y de otros documentos, pueden solicitar autorización a la Dirección Regional con jurisdicción en su domicilio para destruirlos.

 

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3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?

Todos los contribuyentes, tanto de primera categoría como de segunda categoría, que por dificultades de orden material están impedidos de conservar durante seis años los documentos tributarios ya indicados.

 

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4. ¿Cuándo se hace este trámite?

Cuando el contribuyente estime estar en presencia dificultades de orden material que le impiden conservar durante seis años los documentos tributarios, y concurriendo los requisitos que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse en este tipo de solicitud.

 

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5. ¿Dónde se hace este trámite?

En la Unidad del SII  correspondiente al domicilio del contribuyente, la que se encargará de verificar que se cumpla con los requisitos, antecedentes y obligaciones dispuestos para este tipo de solicitud.

 

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6. Requisitos para efectuar el trámite

 

Presentar solicitud en Formulario 2117 fundamentando estar frente a dificultades de orden material, que le impiden conservar durante seis años los originales de las boletas y duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito y de otros documentos.

 


 

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7. Observaciones

La autorización sólo podrá concederse por años comerciales completos y, en ningún caso, podrá referirse a la destrucción de documentos de los últimos tres años, salvo que se hubiere revisado la contabilidad del contribuyente y liquidado todos los impuestos que le afecten.

 

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8. Normativa relacionada al trámite

 

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9. Preguntas frecuentes del trámite

Si desea mayor información, seleccione las preguntas frecuentes del trámite.

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10. Formularios relacionados al trámite

Disponible en el sitio web del SII (www.sii.cl) el Formulario 2117, para ser bajado, completado y luego presentarlo en la unidad del SII. La otra alternativa es solicitarlo directamente en la Unidad del SII más cercana a su domicilio. 

 

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DESCRIPCION PASO A PASO AUTORIZACION PARA DESTRUIR DUPLICADOS
DE FACTURAS, ORIGINALES DE BOLETAS Y OTROS DOCUMENTOS


Obtenga desde el sitio web del SII el Formulario 2117, o en las Unidades del Servicio de Impuesto Internos.

Llene cuidadosamente el formulario 2117, indicando los documentos que necesita destruir y las razones para hacerlo.
La solicitud la debe dirigir al Departamento de Resoluciones, de la Unidad del SII correspondiente al domicilio de la casa matriz.
Para presentar el formulario debe presentar los documentos de acreditación del contribuyente, de la persona que realiza el trámite y poder notarial si corresponde.
Entregue el formulario y los documentos requeridos que sustentan la solicitud.
Posteriormente el Departamento de Resoluciones del Servicio de Impuesto Internos, le notificará la resolución final de su solicitud.

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